Renta básica y republicanismo
Una
justificación republicana de la renta Basica
Por María Julia
Bertomeu y Daniel Raventós(*)
Quel
est le premier objet de la société ? C’est de maintenir les droits
imprescriptibles de l’homme. Quel est le premier de ces droits ? Celui
d’exister La première loi sociale est donc celle qui garantit à tous les
membres de la société les moyens d’exister ; toutes les autres sont
subordonnées à celle-là ; la propriété n’a été instituée ou garantie que pour
la cimenter ; c’est pour vivre d’abord que l’on a des propriétés. Il n’est
pas vrai que la propriété puisse jamais être en opposition avec la subsistance
des hommes.
(Discurso
a la Convención del 2-12-1792, Maximilien Robespierre)
...
era una pobre... en una palabra, que vivía de su trabajo”
(Crimen
y castigo, Fiodor Dostoievsky)
Ningún
observador ilustrado moderadamente inteligente podría sondear el estado del
planeta y concluir que se podría arreglar sin una transformación profunda. En
este sentido son los pragmatistas duros, y no los izquierdistas melenudos,
quienes son soñadores ingenuos.
(Terry
Eagleton, 2003).
La difusión de cualquier
propuesta social y política alternativa novedosa es condición necesaria para su
aplicación. Pero cuando se extiende al acelerado ritmo con que van
esparciéndose las ideas programáticas de la Renta Básica, es inevitable que
surjan confusiones. Aquí expondremos las características generales de la Renta
Básica que ayudan a despejar las confusiones más habituales, esbozaremos algún
ejemplo de cómo podría ser financiada; y apuntaremos brevemente a su
justificación republicana y a su oportunidad política en el mundo actual.
La Renta Básica es un
ingreso pagado por el estado a cada miembro de pleno derecho de la sociedad o
residente, incluso si no quiere trabajar de forma remunerada, sin tomar en
consideración si es rico o pobre, o dicho de otra forma, independientemente de
cuáles puedan ser las otras posibles fuentes de renta, y sin importar con quién
conviva.
“Un ingreso pagado por el
Estado”. “Estado” puede incluir una institución jurídico-política mayor que la
de los Estados-nación realmente existentes, como sería el caso de la Unión
Europea; o puede referirse a ámbitos jurídico-políticos menores que el del
Estado-nación.
“A cada miembro de pleno
derecho de la sociedad o residente.
En los distintos modelos de financiación
de la Renta Básica
hay variaciones de cuantía,
de edades (más o
menos cantidad según
la edad), de inclusión o no de los menores, etc. Pero en todos los casos se trata
de una cantidad monetaria que recibirían los ciudadanos individualmente (no por
familia, por ejemplo) y universalmente (no condicionado a determinados niveles
de pobreza, pongo por caso).
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