ELEMENTOS REPUBLICANOS PARA UN PROCESO CONSTITUYENTE
Miguel Angel Domenech
Para
garantizar la forma política republicana deberán arbitrarse mecanismos e instituciones
de manera que el fundamento de la democracia no quede limitado a la simple
forma de democracia representativa, ni que el ejercicio de la responsabilidad
política de los ciudadanos gravite
únicamente en el voto, y en la
delegación de poder en representantes
surgidos del sufragio. Las insuficiencias de la democracia representativa han
sido de hecho denunciadas por la desafección de los ciudadanos hacia una
política delegada en unos pocos. Elegir a los que han de gobernar no es
enteramente gobernar. Consentir, asentir y elegir no es autogobierno. Lo es participar en la
formación de las decisiones, en la toma de ellas y en su ejecución. Un poder ejecutivo debe estar subordinado a
la preeminencia del legislativo popular e incluso los poderes ejecutivos deben
de ser participados también por el pueblo.
Una constitución republicana debe
de contemplar formas de democracia participativa,
deliberativa, popular y mandatada. Al
efecto deberían contemplase instituciones tales como la revocación de cargos,
la brevedad y la rotación frecuente de los mandatos, la preferencia por la forma colegiada de
gobierno en cargos ejecutivos, el funcionamiento frecuente y accesible de la iniciativa popular y los referéndum, la introducción de algunas formas de mandato imperativo, la introducción
del procedimiento de sorteo en la designación de algunas magistraturas públicas, las prohibiciones y limitaciones a
la acumulación de cargos públicos, la
rendición de cuentas después del mandato
ante órganos ciudadanos independientes, la extensión de la incompatibilidad e inelegibilidad
para del desempeño de funciones públicas de aquellos que estén ligados de una manera
privilegiada a actividades e intereses privados, el estudio de
la incompatibilidad de un grado de renta y forma de vida suntuosa y
excesiva, de manifiesta desigualdad, para el desempeño cívico y virtuoso de
funciones públicas.
Desarrollo: se hace necesario subrayar el contenido político
de instituciones republicanas y
de los mecanismos que tradicionalmente se ligan a la radicalidad democrática
que el republicanismo supone., de manera
que no nos conformemos con la mención de
forma republicana que se presta habitualmente a una interpretación restringida al dominio de
la definición de forma de gobierno. En todo caso, al referirnos a forma de
gobierno republicana, nunmca está de más
recuperar su contenido tradicional y genuino que no es tributario del
liberalismo y de su forma privilegiada actual la de la democracia
representativa liberal. Creo que es
sorprendentemente novedoso e innovador
el hilo de las propuestas
republicanas mas democráticas
tradicionales
La
propuesta de un régimen republicano
implica que la función del Estado debe de ser impedir la desigualdad por cuanto entre
desiguales no prevalece la justicia y el
bien público sino el poder de los
más fuertes. La República
, por lo tanto, debe procurar , con su intervención efectiva, que , en ningún caso en que estén en juego relaciones entre ciudadanos,
ni en su
trabajo, ni en cualquier actividad y ámbito de su vida compartida ,
se produzca una situación cuya
desigualdad , estados de necesidad y carencia desemboque en dominio y explotación de unos por otros. El estado republicano deberá por lo tanto ser
particularmente atento a las
actividades financieras, de propiedad de
los medios de producción, de uso de la tierra, la energía, el uso del suelo y la vivienda, o actividades económicas que generen diferencias de poder material
entre ciudadanos. Igualmente debe procurar que constitucionalmente bienes
como la cultura, la educación y los recursos naturales no puedan ser objeto de
apropiación con fines lucrativos sino sean considerados como bienes comunes a los que todos deben de
tener acceso. En estos ámbitos, el
Estado republicano debe y acoger las iniciativas que los ciudadanos
promuevan para democratizarlos en las
formas que se susciten de democracia también
en aquellos en que actualmente aún permanecen como reductos de un ancien regime al que no le
hubiera llegado las libertades :
democracia en la empresa, en la industria, en la gestión de los asuntos
exteriores, en la enseñanza, etc con el fin de que su funcionamiento no
responsa al lucro y beneficio de unos
pocos o a la autoridad de algunos sino a lo que todos convengan
democráticamente.
Desarrollo: Es necesario introducir la reflexión sobre el Estado social , las reflexiones de izquierda no deberían limitarse y estar ancladas únicamente en la consideración del Estado social solo como promotor de derechos sociales y garante de la satisfacción de necesidades sociales básicas en todo lo cual resuena un eco de los fundamentos del Estado de Bienestar ( la célebre formulación de Marshal de la ciudadanía como acumulación de derechos sociales como una 3ª etapa más avanzada del Estado de derecho, tras los derechos políticos y civiles, los derechos sociales hacia Estado Social de derecho, es decir estado de Bienestar, socialdemocracia, etc, etc,….. ). Creo que el camino que fundamenta la intervención del Estado no debería insistir tanto ni en volver a reivindicar al Estado de Bienestar ni en las formulaciones en términos de derechos. Más bien deberá ir por el camino insistente de una formulación y fundamentación republicana, o sea por la exigencia de igualdad de todos, de la emancipación y del autogobierno en todos los ámbitos y de no dominación de unos por otros, lo que implica que cualquier emancipación pasa por emancipación material y emancipación del poder de los materialmente poderosos puesto que donde hay desigualdad prevalece la fuerza no la República. En la misma línea, es más propio y genuino de la izquierda abordar la consideración de los bienes básicos, no tanto como derechos subjetivos individuales (la forma liberal de abordar la cuestión), sino desde la perspectiva que es tradicionalmente característica de a la izquierda, y comunista: porque en esos asuntos “omnia sunt communia” ( la tierra, la energía, el agua, el techo, los recursos, la cultura,….)
Forma
parte del pueblo soberano que acuerda su autogobierno el pueblo de los inmigrantes llegados al país
cuyas circunstancias de necesidad material les ha hecho abandonar sus países de
origen buscando con los ciudadanos que
nacimos anteriormente en España una
sociedad donde compartir vida, trabajo y
libertad y manifiestan su voluntad de
participar en su república. Cualquier violación de los derechos de este pueblo
inmigrante será considerado como violación de los derechos de cualquier otro ciudadano
sin que pueda darse discriminación
alguna, violación que merece ser tratada
con el mayor rigor por cuanto es una injusticia que se dirige abusivamente hacia los más
débiles de entre nosotros .
Desarrollo: Valientemente hay que abordar la cuestión de cuando hablamos de “ pueblo” entendamos francamente quien es el pueblo, con el lenguaje, sin renuncias, de la genuina izquierda de siempre, que debe definirse por
A.- El rasgo que no olvida – celestial y piadosamente siempre recurriéndose a bellos consensos - la realidad de la lucha de clases y el conflicto. El pueblo, en este sentido es, como siempre ha sido, “los de abajo”. Por eso no puede prescindirse en el vocabulario de menciones hacia los ricos y poderosos. (Me remito a la redacción de los párrafos anteriores llenas de alusiones “políticamente incorrectas” sobre los poderosos, los más fuertes, los de vida suntuosa y excesiva, etc.)
B- Puesto que “ pueblo “ son los sometidos y siempre abajo, el sector más legitimado para reivindicar su emancipación , sus derechos,- incluidos los derechos políticos plenos- en definitiva su integra titularidad como “ pueblo” son los inmigrantes venidos al país, antes que los “nacionales”. , que solo pueden reivindicar la circunstancia de su nacimiento . El hecho de haber llegado antes que otros – por nacimiento- a un lugar es un título éticamente tan débil para pretender el gobierno de ese lugar, de esa sociedad , como pudiera ser el de raza.
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