Por Cornelius
Castoriadis.(1)
En la
democracia griega la comunidad de los ciudadanos- el demos- se proclama a sí misma como absolutamente soberana (autónomos,
autodikos ). Aristóteles , retomando
los términos de Tucidides, dice que se
rige por sus propias leyes, posee su jurisdicción independiente y se gobierna a
si misma. Esta democracia proclama asimismo
la igualdad política de todos los hombres libres, la igual participación
en la actividad política y en el poder. El hecho categórico de la democracia es
que el poder pertenece al pueblo, otra cosa es el aspecto contingente o arbitrario de quien haya de ostentar esa
calidad de ser el pueblo. Para los griegos el cuerpo de los ciudadanos
es el constituido por los mayores de
edad y varones ((lo que quiere decir, en
principio, los hombres nacidos de ciudadanos griegos libres, aunque la
naturalización fue algo continuado y practicado). La exclusión de las mujeres,
de extranjeros ( metekoi) y esclavos de la ciudadanía es ciertamente una limitación que no es
aceptable para nosotros y en la práctica esta limitación nunca fue abolida en la Grecia clásicas. A
nivel de las ideas la cosa no fue tan simple pero no abordare este aspecto aquí
, pero si nos ocupásemos un momento del
juego estúpido de ver los méritos respectivos comoparados,, recordemos que la
esclavitud ha sobrevivido en Estado Unidos hasta 1865 y en Brasil hasta finales
del XIX , que en la mayoría de los países democráticos no se reconoce el
voto de la mujer que tras la segunda
guerra mundial , que hasta hoy sigue sin
reconocerse el derecho al voto a los extranjeros y que en la mayoría de los
casos , la naturalización de los extranjeros residentes no se hace automáticamente ( un tercio de la
población de la muy democratica Suiza está formada por metekois sin derechos políticos) .
La
igualdad de los ciudadanos es, naturalemente
, una igualdad con respecto a la
ley ( isonomia) pero esencialmente
es mucho más que eso. No se
refiere a un otorgamiento de derechos iguales pasivos sino que lo constituye la participación general activa, en los asuntos públicos. Esta
participación no se deja al azar, al contrario
se fomenta activamente tanto por medio de reglas formales como por el ethos de la polis.
Según el derecho ateniense, un ciudad no que rehusase tomar aparte en las luchas
civiles que agitaban la ciudad se hacía atimos,
es decir, perdía sus derechos políticos
( 20).La participación se materializa en
la Eklesia , Asamblea del pueblo que
es el cuerpo soberano actuante. Todos
los ciudadano tienen derecho a tomar la
palabra ( isegoria) en ella y la voz de todos tiene el mismo peso ( isopsephia) . La obligación moral de
todos es la de hablar con toda franqueza
( parresia) . Pero la participación se
materializa también en la pertenencia a los tribuales donde no existen los jueces profesionales. La casi
totalidad de las salas están formadas por jurados que se designa n por
sorteo. La Ekklesia que es
la que dicta las leyes y gobierna esta asistida
por el Consejo (la Boule).
Esta
es la democracia directa. Tres aspectos de esta democracia merecen un comentario
más amplio.
a)El
pueblo, se contrapone a los representantes.
Cada
vez que en la historia moderna una
colectividad política entra en un proceso de autoconstitucion y de
autoactividad radical, la democracia directa ha sido redescubierta o reinventada: los consejos
municipales ( town meetings) durante
la revolución americana, secciones
durante la Revolución Francesa, y la
Comuna de Paris, consejos obreros en los soviets en su forma inicial,…Hannah Arendt ha insistido muchas veces en la
importancia de estas formas. En todos los casos el cuerpo soberano es la
totalidad de las personas concernidas. Cada vez que una delegación se hace
inevitable, los delegados no son simplemente electos sino que pueden ser
revocados en cualquier momento. No olvidemos que la filosofía política clásica ignoraba la noción (mistificadora) de representación.
Para Heródoto, lo mismo que para Aristoteles,
la democracia es el poder del demos,
poder que no permite ninguna limitación en materia de legislación y que la
designación de magistrados ( no de representantes) se hace por sorteo o por
rotación. Algunos se empeñan hoy en repetir que la constitución preferida de Aristóteles,
lo que él denomina politeia, era una mezcla de aristocracia y de democracia pero
olvidan añadir que para Aristóteles el elemento
aristocrático de esta politeia viene del hecho de que los magistrados son electos y no sacados
por sorteo. En varias ocasiones define claramente la elección como un principio aristocrático. Esto era
igualmente claro para Montesquieu y para Rousseau. Fue Rousseau y no Lenin ni
Marx quien decía que los ingleses se creen
libres porque eligen su parlamento pero que en realidad no son libres más que
un solo día cada cinco años. Y cuando Roseau
explica que la democracia es un régimen
demasiado perfecto para los hombres y solo apto para un pueblo de dioses, entiende por democracia la
identidad del pueblo soberano y del mando , es decir la ausencia de magistrados.
Los liberales modernos serios- por oposicon a los “filósofos políticos”
actuales- no ignoraban esto. Benjamin Constant no ha glorificado las elecciones
ni la representación en tanto que tal, la ha defendido como un mal menor en la idea
de que la democracia era imposible en un país moderno debido a sus dimensiones
extensas y porque la gente se desinteresaba de los asuntos públicos. Sea la que sea el valor de estos argumentos ,
se fundan sobre el reconocimiento explícito
del hecho de que la representación es un principio ajeno a la democracias. Esto
es indiscutible. Desde el momento en que
existen representantes permanentes, la autoridad,
la actividad y la iniciativa política se le quitan al cuerpo ciudad no y se entrega a un cuerpo restringido de representantes que la utilizan de manera
que consolidan su posición y crean las condiciones susceptibles de influir, de múltiples formas,
las próximas elecciones.
b)El
pueblo se contrapone a los expertos:
La concepción
griega de los expertos se liga al principio
de la democracia directa . Las decisiones relativas a la ley, y tambien a los asuntos políticos importantes-
a las cuestiones de gobernabilidad- son tomadas por la Ekklesia después de ser propuestas
por diversos oradores y , entre otros, si es el caso, también por aquellos que pretenden poseer un saber
especifico concerniente los asuntos de los que se discute. Mi hay ni podría
haber especialistas en asuntos públicos.
Los expertos políticos – o la sabiduría politica- pertenece a la comunidad
política porque la pericia, la técnica
en el sentido estricto, está siempre
ligada a una actividad técnica específica y se reconoce en su propio campo. Así
explica Platon en el Protagoras que los
atenienses escuchar la opinión de los técnicos cuando se trata de construir los
muros o navíos pero escuchan a cualquiera
en materia de política ( los jurados populares encarnan la misma idea en el
campo de la justicia) . La guerra es uno de esos campos específicos que supone una técnica propia, por esos los
que hayan de dirigirla, los estrategos, son elegidos, al mismo título que los técnico
que, en otros terrenos, hayan de encargarse de una tarea particular. En definitiva,
Atenas constituida una politeia en el sentido de la definido de Aristóteles
pero también según los enemigos de la
democracia, como Platón. El que juzga de algo
bien no es un especialista sino el usuario. El guerreo y no el herrero
para considerar una espada, el caballero y no el guarnicionero para juzgar la silla
de montar. Así, para los asuntos públicos comunes, el usuario es por lo tanto
el mejor juez ,que no es otro sino la polis.
A la vista de los resultados- la Acrópolis , o las tragedias premiadas, por
ejemplo - se puede pensar que ese juicio
del usuario era más bien acertado.
No puede menos de insistirse en el contraste entre esta concepción y la
visón moderno. La idea dominante según la cual los expertos no pueden
ser juzgados más que por otros expertos es una de las conclusones de la
expansión y la irresponsabilidad
crecientes de los aparatos jerárquicos –burocráticos modernos. La idea dominante
de que existen expertos en politica, es decir especialistas de lo universal y
técnicos de la totalidad es una burla de la idewsa misma de democracia. El
poder de los políticos se derivaría de
la pericia que ellos son los únicos que poseen
y el pueblo, por definición inexperto,
es solo periódicamente llamado a dar su opinión sobre esos
expertos. Dada la vacuidad del concepto mismo de una especialización universal,
esta idea conlleva le germen del divorcio creciente entre la aptitud a alcanzar
el poder y la aptitud para gobernar, divorcio cada vez más flagrante en las
sociedades occidentales.
c)La
comunidad se contrapone al Estado.
La
polis griega no era un Estado
en el sentido moderno . La palabra misma Estado no existe en griego
antiguo (es significativo que el griego moderno haya tenido que inventar una palabra para estar cosa nueva y
que hayan tenido que recurrir al antiguo kratos, que quiere decir fuerza). Politeia, en el título del libro
de Platón, por ejemplo, no significa der Staat como en la tradición alemana clásica.
El latin respublica que designa a la vez la institución / constitución política y la manera en que el pueblo se
ocupa de los asuntos comunes. Cuando se obstina en traducir el título del
tratado de Aristóteles: Atenaion Politeia
por “Constitución de Atenas” es una
vergüenza para la filología moderna. Es a la vez un error lingüístico flagrante
y un signo inexplicable de ignorancia o
de incomprensión de gente muy erudita. Aristóteles escribe la “Constitución de
los atenienses”. Tucidides es perfectamente
explícito a este respecto: ”Andres
gar polis, “ “ la polis sonlos hombres”. Antes de la batalla de Salamina cuando
debe de apelar al argumento extremo para
hacer valer su táctica, Temístocles amenaza a los restantes aliados: los
atenienses se retiraran con sus familias y su flota para fundar una nueva
ciudad al oeste- y eso que para los atenienses era sagrada su tierra y se
enorgullecían de proclamarse autóctonos. La idea de un Estado , es decir de una institución distinta
y separada del cuerpo de los ciudadanos, hubiera sido incomprensible para un griego. Aunque es verdad que , la comunidad política existe a
un nivel que no se confunde con una realidad concreta, empírica, de unos miles
de personas reunidas en un lugar determinado
cierto día y la comunidad política de las atenienses, la polis, posee
una existencia propia, por ejemplo, los tratados
son respetados independientemente de su antigüedad y , la responsabilidad por
los actos ant6eriores se acepta, etc, pero
no obstante, no se hace
distinción entre un Estado y una población .
No se
puede oponer la persona moral, el
cuerpo constituido permanente de los atenienses perennes e imprescriptibles de
una parte y los atenienses viviendo y respirando de otra. Ni hay Estado ni
aparato de estado. Naturalmente existe en Atenas un mecanismo técnico-administrativo
(muy importante en los siglos IV y V) pero este no asume ninguna función política. Es significativo que esta
administración sea llevada por esclavos hasta niveles muy elevados (policía,
conservación de archivos públicos, fianzas públicas. Ronald Reagan y
seguramente Pascal Volcker hubieran sido
esclavos en Atenas). Estos esclavos eran supervisados por los ciudadanos magistrados
generalmente elegidos por sorteo. La burocracia permanente que cumple tareas de
ejecucion en sentido más estricto del término se deja a los esclavos ( y prolongando el pensamiento
de Aristóteles, podría encomendarse a maquinas).
En la
mayoría de los casos, la designación de magistrados por sortero o por rotación asegura
la participación de un gran número de
ciudadanos en las funciones oficiales y les permite estar al tanto de ellas.
Que la Ekklesia decida sobre cualquier
asunto gubernamental de importancia, garantiza el control del cuerpo político
sobre los magistrados elegidos así como
la posibilidad de su revocación en todo momento. La condena, en un procedimiento
judicial, entraña, entre otras cosas, la destitución del magistrado. Por
supuesto, todos los magistrados son responsables de su gestión y deben de rendir cuentas (euthune) . Durante la época clásica lo
hacían ante la Boule. En cierto
sentido, la unidad y existencia mimas del cuerpo político ciudadano es “ prepolítica”
en la medida al menos en que se trata de una autoinsitucion política explicita. La comunidad comienza por
así decir a “recibirse” de su propio pasado con todo lo que ese pasado acarrea (esto
correspondería en parte a lo que los
modernos han llamado “ sociedad civil” ) Algun elemento de ese dato puede considerarse
sin interés o bien no transformables, pero , de iure, la “ sociedad civil” es
en si un proyecto de acción política instituyente. Ciertos aspectos de la
reforma de Clistenes en Atenas (506 a JC) lo ilustran de una manera llamativa.
La división tradicional de la población en tribus se reemplaza por una nueva división que tiene dos objetivos esenciales. En primer
lugar el número mismo de tribus se modifica. Los cuatro philai tradicionales ( jónicos)
se hacen diez y cada una de ellas se subdivide en tres de manera que
cada una de ellas participa en el conjunto de las magistraturas por rotación (
lo que implica de hecho, la creación de un nuevo año y de un nuevo calendario políticos).
En segundo lugar, cada tribu se forma de
manera equilibrada por demos agrarios, marítimos y urbanos. Las tribus- cuya
sede ese encuentra desde entonces en la ciudad de Atenas- se hacen por lo tanto
ajenas e la particularidad geográfica o profesional, son unidades políticas .
Asistimos entonces a la creación de un espacio social propiamente político,
creación que tiene su apoyo en elementos sociales (económicos) y geográficos
sin que por ello estén determinadas por éstos. La articulación
del cuerpo ciudadano que así se crea desde una perspectiva política se superpone a las articulaciones pre-políticas
sin aplastarlas. Esta articulación obedece a dos imperativos estrictamente
políticos. La igualdad en la participación en el poder por una parte y la
unidad del cuerpo político (por oposición
a los intereses particulares) de otra.
Una disposición
ateniense de lo más curioso atestigua de ese mismo espíritu( Aristóteles,
política 1330,a,20): cuando la Ekklesia delibera sobre cuestiones que entrañan posibilidad de un conflicto ( de una guerra)
con una polis vecina, los ciudadanos que habitan en las fronteras con esa ciudad
no tienen derecho a tomar parte en la votación dado que no podrían votar
sin que sus intereses particulares dominasen su motivación , dado
que la decisión debe de adoptarse según consideraciones de ineters general. Esto
da fe, una vez más, de una concepción
de la política diametralmente opuesta a la mentalidad moderna de defensa y
afirmación de los intereses. Los intereses deben, en la medida de lo posible,
mantenerse a distancia en el momento de tomar decisiones políticas ( imaginemos
la disposición siguiente en la Constitución
delos Estados Unidos.: “ cada vez que haya de resolverse sobre cuestiones
referentes a la agricultura, los
senadores y representantes de aquellos estados donde predomine lo agrario no podrán participar en el escrutinio” )
Llegados a esto, se puede comentar la ambigüedad dela opinión de Hannah Arednt referente a lo que ella llama
“ lo social”. Ella ha visto, con razón, que la política se aniquila cuando
llega a ser un disfraz para defender y
afirmar los intereses particulares ya
que entonces el espacio político se encuentra desesperadamente fragmentado. Pero si la sociedad está,
en realidad, profundamente dividida en función de intereses contradictorios-como
lo está hoy día- la insistencia sobre la autonomía de lo político es gratuita.
La respuesta no consiste entonces en hacer abstracción de los social sino en
cambiarlo de tal manera que el conflicto de intereses sociales (es decir económicos)
cese de ser el factor dominante de la formación de las actitudes políticas. A
falta de una actuación en este sentido, se dará pié a la situación que es la de
hoy dia la de las sociedades
occidentales: la descomposición de un cuerpo político y su fragmentación en
grupos de presión, lobbies, etc. En ese caso como la suma algebraica de los intereses
contradictorios es generalmente igual a cero, de ello se seguirá una situación
de impotencia política y de deriva sin objeto alguno como la que observamos a la hora actual. La
unidad del cuerpo político debe de preservarse incluso contra las formas
extremas del conflicto político, tal es en mi opinión, el significado de la ley
ateniense del ostracismo (contrariamente a la interpretación corriente que ve en
ella una precaución contra los tiranos en germen). Se debe dejar que la comunidad se rompa bajo el efecto de
divisiones y de antagonismos políticos, de forma que a uno de los jefes de una
de las facciones rivales l hay que apartarle al exilio temporalmente. La participación
general en lo político implica la creación por primera vez en la historia de un
espacio público. El acento que Hannah Arendt pone sobre ese espacio, la interpretación de su significado que ella nos ha proporcionado
constituye una de las aportaciones mayores a la comprensión de la creación
institucional griega. Me limitare por lo tanto a añadir unas notas
suplementarias.
La emergencia
de un espacio público significa que se crea un dominio público que
pertenece a todos. ( ta koima)(21).
Lo “publico” cesa de ser un asunto privado- de un rey, de sacerdotes, de una burocracia,
de lo políticos, de los especialistas, etc. Las decisiones que afectan a los
asuntos comunes deben de ser tomadas por
la comunidad.
Pero
la esencia del espacio público no se deduce únicamente de las decisiones
finales, si este fuese el caso, ese espacio estaría más o menos vacío. Se refiere igualmente a los
presupuestos de las decisiones, a todo aquello que conduce a ellas. Todo lo que
importa debe aparecer en la escena pública. Se encuentra ahí la materialización
efectiva en la presentación de las leyes, por ejemplo: las leyes se graban en mármol
y son expuestas al público con el fin de que todos puedan verlas. Pero además y esto es lo más importante, estas reglas se materalizan igualmente en la
palabra de los que hablan libremente de política y de todo aquello que pueda interesar
a todos en el ágora, antes de su deliberación por la Ekklesia
Para
entender el formidable cambio histórico que esto supone, no hay más que
comparar esta situación con la situación asiática típica. Esto equivale a la creación de la
posibilidad- y la realidad- de una libertad de palabra y de pensamiento en el
seno de la colectividad. Ocurre al mismo tiempo que los otros dos rasgos fundamentales
de la ciudadanía ya mencionados: la isegoria,
el derecho igual para todos de hablar con franqueza y la parresia, el compromiso que todos adoptan de hablar realmente y libremente en todo
aquello que se refriere a la cosa pública. . Es importante insistir sobre la distinción
entre lo formal y lo real. La existencia de un espacio público no es un mero asunto de mecanismos jurídicos que garantizan
la misma libertad a todos. Dichas clausulas no son sino una condición previa
para la existencia de ese espacio público. Lo esencial esta en otro lugar: ¿Qué
es lo que la población va a hacer de esos derechos? Los rasgos determinantes a
este respecto son la valentía, la responsabilidad y la vergüenza ( aidos auschune) . Si esto falta, el espacio
público se hace simplemente un espacio de propaganda, de mistificación y de
pornografía que es lo que suele ocurrir hoy cada vez en mayor medida. No hay disposiciones
jurídicas que puedan compensar tal evolución- o bien engendran males peores que
los que trata de evitar- . Únicamente la
educación (la paideia) de los ciudadanos
en tanto que ciudadanos puede dar un verdadero contendió al espacio público. Pero
esta paideia
no es una cuestión de libros ni de créditos
para la escuela mayoritariamente. Es ante todo la toma de conciencia del hecho
de que la polis, es todos, y que su destino depende también de nuestra reflexión,
de nuestro comportamiento y de nuestras decisiones, es decir de la
participación en la vida política de todos.
La creación
de un tiempo público no es menos importante que la creación de un espacio.
Entiendo por tiempo público, no la institución de un calendario de un tiempo
social, un sistema de hitos temporales sociales, lo que naturalmente existe
todo caso, sino la emergencia de una dimensión en la que la colectividad pueda
observar su propio pasado como resultado de su propia acción y donde se genera
un porvenir indeterminado como resultado de su actividad. Las restantes
sociedades no conocen sino un régimen incontestable de tradición donde se da una simple consignación por
escrito de los acontecimientos por los sacerdotes o por los cronistas reales. Heródoto,
por el contrario, declara que la tradición de los griegos no son dignas de fe.
El quebrantamiento de la tradición y la investigación critica de las verdades
creídas van juntas. Este conocimiento del pasado está abierto a todos: Heródoto
leía su historia a los griegos reunidos con ocasión de los juegos olímpicos .
La oración fúnebre de Tucidides contiene un relato de la historia de los
atenienses desde el punto de vista del
espíritu de la actividad de generaciones sucesivas- una perspectiva que conduce
hasta el tiempo presente e indica claramente la tarea que debe llevarse a cabo
en el futuro.
¿ Cuáles
son los límites de la acción política, los límites de la autonomía?. Cuando la
ley está dada por Dios o hay una fundación científica o filosófica de verdades políticas substánciales ( la Naturaleza,
la Razón o la Historia que dan un principio ultimo) , entonces existe para la
sociedad una norma extra-social. Se tiene una norma, una ley de la ley, un
criterio sobre cuya base se hace posible decidir o discutir y decidir sobre el
carácter de lo que sea justo o injusto apropiado o no, de una ley particular (
o de un estado de cosas). Este criterio esta dado de una vez por todas y, no
depende de la acción humana.
Desde
el momento en que se reconoce que no existe tal base, sea porque hay separación
entre religión y política como es, de manera imperfecta el caso de las
sociedades modernas, sea porque, como en Grecia, la religión se mantiene
rigurosamente al margen de las
actividades políticas, y cuando no hay tampoco una ciencia, ni episteme, ni techne, en materia política, la cuestión ¿qué es una ley justa? ¿Qué
es la justicia?¿ cuál es la buena institución de la sociedad? Viene a ser una autentica
cuestión (es decir un interrogante sin fin) .
La
autonomía no es posible más que si la sociedad se reconoce como fuente de sus
propias normas. En consecuencia la sociedad no puede eludir el interrogante ¿porque tal norma,
mejor que tal otra? .Dicho de otro modo, no puede evitar el cuestionamiento de la
justicia (respondiendo , por ejemplo que la justicia es la voluntad de Dios o
de un Zar, o el reflejo de las relaciones de producción). Tampoco puede
esquivar la cuestión de los limites de los actos. En una democracia, el pueblo
puede hacer cualquier cosa pero tiene que
saber que no debe hacer cualquier
cosa. La democracia es el régimen de la autolimitación, es también el régimen
del riesgo histórico, lo que es una manera de decir que es el reino de la
libertad, es un régimen trágico. El destino de la democracia ateniense lo
ilustra. La caída de Atenas- su derrota en la guerra del Peloponeso, fue el resultado
de la hybris de los atenienses. Hybris no significa simplemente
libertad, significa también la ausencia
de normas, la imprecisión fundamental de
las referencias ultimas de nuestros actos. (El pecado para los cristianos es,
al contrario un concepto de heteronomía). La transgresión de la ley no es una hybris, es la de un delito definido y
limitado. La hybris existe cuando la autolimitación es la única norma, cuando son transgredidos
los límites que no estaban definidos en ningún sitio.
La
cuestión de los límites de la actividad de autoinstitución de una colectividad
se despliega en dos momentos. ¿Existe un criterio intrínseco de la ley y para
la ley? ¿Se puede garantizar efectivamente que un tal criterio, sea cual sea su
definición, no será nunca transgredido? En el nivel nos fundamental, la respuesta a ambas cuestiones
es un no categórico. No hay norma de la norma que no sea a su vez una creación histórica. No hay
ningún medio de eliminar los riesgos de
una hybris colectiva. Nadie puede proteger a la humanidad contra la locura o el
suicidio. Los tiempos modernos han creído-
pretendido- haber descubierto la respuesta a estas dos cuestiones
amalgamándolas en una sola. Esa respuesta seria la Constitución, concebida como
una carta fundamental que incorpora las normas de las normas y articulando clausulas particulares estrictas en lo que concierne
a su revisión. Casi no es necesario recordar que esta respuesta no se sostiene
ni en lógica ni en los hechos y que la historia moderna desde hace hoy ya dos
siglos se ha burlado de todas las maneras imaginables de esta idea de una
Constitucon, o que la mas antigua democracia liberal occidental, la de Gran
Bretaña, no tiene Constitución. Basta señalar la falta de profundidad y la
duplicidad del pensamiento moderno a este respecto. Tal y como se manifiesta en el terreno de las
relaciones internacionales tanto como en los casos de cambio de los regímenes
políticos. A nivel internacional, despecho de la retórica de los profesores de
derecho público internacional, no hay una ley en realidad sino “ la ley del más
fuerte”, dicho de otro modo, existe ley
en tanto que las cosas no tienen verdadera
importancia, mientras no se necesita una ley. Esta ley del más fuerte es
la misma que opera en la implantación de un orden legal en un país. “una revolución
victoriosa crea el derecho”, enseña la casi totalidad de los profesores de derecho
público internacional y todos los países siguen esta máxima en los hechos
reales (Esta revolución no es propiamente una revolución por decirlo con propiedad,
lo más normal es que no sea sino un
putsch victorioso). En la experiencia de la historia europea de los últimos
sesenta años la legislación introducida por los regímenes ilegales e incluso
monstruosos se ha mantenido en lo esencial despues de su caída. .
La verdad,
realmente es muy simple. De cara a un movimiento histórico que dispone de la
fuerza- sea porque moviliza activamente una amplia mayoría, sea porque se apoya
sobre una minoría fanática sin piedad, o
en una población pasiva e indiferente, o cuando esa fuerza bruta no es más que
su acaparamiento por una banda de coroneles, las disposiciones jurídicas no produce
efecto . Si podemos estar razonablemente seguros de que el restablecimiento , mañana, de la
esclavitud en Estados Unidos o en un
país europeo es extremadamente improbable, el carácter razonable de nuestra previsión
no se basa sobre las leyes existentes o sobre las Constituciones ( a menos que
seamos simplemente idiotas) sino sobre
un juicio relativo a la reacción de una inmensa mayoría de la poblacion ante
tal medida.
En la
práctica y en el pensamiento griego, la
distinción ente constitución y ley no
existe. La distinción autentica entre
leyes y decretos de la Ekklesia ( opsephismata)
no tenía el mismo carácter formal y , además, desapareció a lo largo del siglo
IV. Pero la cuestión de la autolimitación fue abordad de manera diferente ( y
creo que más profundas). No me voy a detener más que sobre dos instituciones
que se refieren a este problema. La primera es un procedimiento aparentemente
extraño pero fascinante que se conoce
con el nombre de graphe paranomon (acusación
de ilegalidad) (22). Esta es su descripción rápida: Vd. hace una propuesta a la
Ekkesia que se adopta. A continuación otro ciudadano puede llevarle a
juicio acusándole de haber incitado al
pueblo a votar una ley ilegal. Puede ser absuelto o condenado. En este último
caso la ley es anulada. De esta manera
Vd. tiene todo el derecho de proponer absolutamente todo lo que quiera
pero debe de reflexionar seriamente antes de hacer una propuesta fundada en una ocurrencia circunstancial popular o de hacerlo
con una mayoría muy débil pues una eventual acusación se juzgara por un jurado popular de
dimensiones considerables ( 501 y a veces 1000 o 1500 ciudadanos que
constituyen un jurado) y elegido por sorteo. De esta forma el demos apela al demos contra si mismo . Se apelaba
contra una decisión tomada por el cuerpo ciudadano en su totalidad (o su
parte presente en el momento de la adopción del acuerdo) ante una amplia
muestra seleccionada aleatoriamente del mismo colectivo una vez que las
pasiones momentáneas habían trascurrido sopesándose nuevos argumentos contradictorios y juzgando la cuestión con un
relativo desapego. Al ser el pueblo la
fuente de la ley, el control de su constitucionalidad no podía estar confiado a
profesionales- la idea le habría parecido ridícula a un griego- sino al pueblo
mismo obrando según una modalidad diferente. El pueblo dicta la ley, el pueblo
puede equivocarse, el pueblo puede corregirlo. Es un magnífico ejemplo de una
institución eficaz de autolimitación.
(1).Cornelius
Casstoriudis.-Lo que hace a Grecia . 1986.
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