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...EL MUNDO HA DE CAMBIAR DE BASE. LOS NADA DE HOY TODO HAN DE SER " ( La Internacional) _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

20/5/15

LA REVOLUCIÓN FRANCESA NO FUE UNA REVOLUCIÓN BURGUESA



Critica del concepto de revolución burguesa aplicado a las revoluciones de los derechos del hombre y del ciudadano del siglo XVIII

Por Florence Gautier


La tradición marxista ha visto en las revoluciones por la libertad y la igualdad que precedieron  a la llamada “revolución proletaria” inaugurada por la revolución Rusa, “revoluciones burguesas”.  Sabemos  que Marx ha dejado elementos de análisis, que presenta momentos diferentes e incluso contradictorios de su reflexión, que corresponden  a la evolución de sus conocimientos y comprensión  de la revolución francesa.  El esquema interpretativo que discutimos  en este artículo ha sido producido por la interpretación marxista y es, al mismo tiempo, una interpretación de los análisis proporcionados por Marx.


Sin embargo no es mi propósito  reconstruir  como se ha producido tal esquema interpretativo,- aunque sea  una investigación pendiente e incluso urgente, -sino que especialmente   se trata de  intentar saber si ese esquema de interpretación corresponde a una realidad histórica.  Para situar el problema. Me limitare al ejemplo del que se denomina  W” la revolución francesa”. Quisieras empezar recordando rápidamente el sufrimiento que ciertos grandes  historiadores marxistas  se han autoinfligido para poder cuadrar los resultados d esus investigaciones con el esquema interpretativo de la “revolución francesa”.

A principios del siglo XX se entendía la revolución francesa como “revolución  burguesa”  en el sentido de  que la  dirección política  de la revolución era siempre burguesa, pasando de una facción a otra de esa misma burguesía. La tarea de esa revolución  habría sido cumplida por embestidas llevadas a cabo por el movimiento popular  considerado como no pensante y que se encontraba por tanto como incapaz de tener el más mínimo papel dirigente.

Sin embargo como se trataba de una “revolución burguesa” se buscó la existencia de un “embrión de proletariado”. Se interpretó entonces la presencia  de los “ enrages”, de los hebertistasy de los bavouvistas como grupúsculos “ comunistas” , esbozo de un futuro  movimiento, el de la revolución  proletaria.

Esta interpretacion esta presente en Jean Jaures en su Historia socializa dela revolución Francesa. La obra supera ese esquema interpretativo gracias a la publicación de numerosos documentos, a veces literales, en  los que se oye las múltiples voces de los revolucionarios y contradicen  frecuentemente el esquema interpretativo ( 1)Contra esta interpretación marxista de una “ revolución burguesa” que hacia incomprensible el acontecimiento,  reacciono Albert Mathiez, calificándola de “ enorme tontería” repetida por “escolares dóciles” (2)

El esquema interpretativo de “ revolución burguesa” estalló como consecucneicia de la publicación de grandes monografías fundamentadas en erudición y consagradas por vez primera a los movimi9entos populares que realizaron Georges Lefebvre y sus alumnos : Richard Cobb, Georges Rude, Albert Soboul, Kare Tonnesson. Lefebvre fue el primero en alumbrar la presencia de una revolución campesina autónoma en sus epxresi0ones, modo0s de organizarse y actuar ( 3). Sus alumnos hicieron  una investigación  de la misma envergadura en las ciudades enfocando la revolución sans-culotte ( 4). El pueblo encontraba ede4 esta manea su nombre y su dignidad revolucionaria.. Fue el final de la llamada “ revolución  burguesa”. La tesis de Soboul escandalizó al poner de manifiesto lo que la historiografía actualmente dominante intenta disimular a toda costa. La democracia munic0pal, viviente creadora de formas de vida política y social novedosas y apoyadas en la ciudadanía y la soberanía popular, creando un espacio ’publico democrático, alimentándose de los derechos del hombre y del ciudadano e inventando, incluso, en sintonía con la revolución campesina, un nuevo derecho del hombre. El derecho a la existencia y a los medios  que lo permitan.  Resumiendo, el descubrimiento de un verdadero continente histórico hasta entonces ignorado.





Sin embargo, Lefevbre y tras él Soboul ,  intentaron enmarcar la revolución popular autónoma en el esquema llamado marxista de “ revoluco9n burguesa”•. Esto produjo por su parte el invento historiográfico de la  dictadura burguesa de salvación publica” diri9gida extra vez contra la revolución autónoma popular. Curioso invento. Contra la democracia municipal, Robespìerre y la Montaña habrían  puesto en marcha una sedicente “ dictadura del gobierno revolucionario”, como una especie de reacción termidoriana previa, que se habría propuesta como tarea quebrar el impulso democrático. Este invento es extraño  e incomprensible, pero no estante sirvió para quebrantar el esquema precedente en varios aspectos.
En primer lugar, los “ enrages” ,los hebertistaqs y los baouvistas ya no son la expresión de un proletario balbuceante sino que  ocupan su lugar de pleno derecho en la revolución popular autónoma. La revolución adquiere  así una consistencia que le da un potente atractivo. Una duda razonable se planeta en cuanto al carácter revolucionario dela burguesía, la cual, en este caso, combate a la democracia y los derechos del hombre y del ciudadano. Pero aparecen muchas otras dudas. ¿Existió una dictadura en el año II? Únicamente la tradición marxista  ha recurrido a ella. Ni siquiera existe en la tradición termidoriana que sospechaba  que  Robespierre aspiraba a al tiranía. Sospechar no es lo mismo que afirmar que sea cierto. Tampoco se da en la historiografía democracia de Alphonse Aulard y Philippe Sagnac (5). Es, francamente, una invención marxista. Pero este error, grave ,.  ha sido aceptado sin rechistar ni criticar por la historiografía dominante actual  para sustentar su tesis  según la cual la revolución, o las revoluciones, serian la antítesis del derecho y no pueden producir sino dictaduras, remitiéndose a la tradición marxista para demostrarlo ( 6)
Además, ¿son los robespierristas realmente una facción de la burguesía? Albert Mathiez planteaba  serias dudas a este respecto. ¿Cómo explicarse la reacción termidoriana si ya estaba en curso una reacción anti-popular?

Señalemos además que Lefebvre y Soboul, por coherencia, se han visto obligados, contra su voluntad, de convertir el  liberalismo econo0miuco- al cual se oponía el programa económico popular- en un proyecto progresista, y la declaración de derechos del hombre y del ciudadano en  un asunto de la burguesía.
La historiografía dominante actual, es decir  la de la escuela de Francois Furet ( el mismo  Furet a quien sus amigos del Nouvel Obse4vratuers han llamado, con cierta dosis de humor,  el rey del bicentenario” ), ha intentado restaurar el esquema interpretativo de la  revolución  burguesa” ya quebrantado, como acabo de recordarlo, por Lefebvre y Soboul. La escuela de Furet utiliza ese esquema para sacar  al movimiento popular de sus preocupaciones y de la historia.

No hay más que leer la entrada “ Barnave” redactada pro F.Furet en el Diccionario crítico , para descubrir esta apropiación le esquema de la 2 revolujco9n  burguesa” refiriéndose a Marx aunque interpretándolo de amena diferente (7). Veámoslo. Barnave estaba del lado izquierdista en 1789, es decir, que defendía la declaración de derechos del hombre y del ciudadano. Se pasó  ala derecha en 1790 convirtiéndose en portavoz, en la Asamblea, del lobby esclavista. Defendió el mantenimiento de la esclavitud y obtuvo  que en el debate de mayo  de 1791 que la declaración de derechos no fuese aplicada en las colonias en nombre delos intereses materiales de los colonos y del interés material del colonialismo. Bernave,  rompió francamente con la teoría de la revolución que se expresaba en la declaración de derechos. No obstante, F, Furet no tiene en cuenta dicha ruptura y presenta a Barnave como siendo a la vez el hombre de la declaración de derechos y el defensor de la esclavitud y de prejuicios racistas. Se da una contradicción  de la que F.Furet no parece apercibirse. ¿ Era este el caso de Barnave  mismo? Examinemos este apunto. 

Con ocasión del debate sobre las colonias, el 11 de mayo de 1791, en la Constituyente, Barnave  presentó la Declaración de Derechos como “el terror” de los colonos. Apela aquí a todos los diputados de las colonias para que digan si n es cierto que el terror relativo a la Declaraci0on de derechos no ha llegado al colmo en las colonias, antes del decreto del 8 d e marzo, a causa de la imprudencia de la asamblea nacional por haber presentado ese decreto demasiado tarde”. Como consecuentica, Barnave propuso una constitución específica para las colonias, que de esa manera estarían excluidas del ámbito de aplicación de la declaración de derechos.  Pide que se mantenga la esclavitud  en las colonias y justifica el prejuicio racial. “En Santo Domingo,  30.000 colonos blancos contienen a cerca de 450.000 esclavos…es por lo tanto físicamente imposible que un número reducido de blancos pueda contener una población tan considerable de esclavos si los medios morales no viniesen en apoyo de los medios físicos. Este medio moral se encurta en la opinion  que pone una distancia inmensa entre el hombre negro y el hombre blanco. Es gracias a esta opinión que se mantiene el régimen colonial y es la base de su tranquilidad “( 8)
 
Barnave es muy consciente de la contradicción que existe entre los principios de la declaración y la defensa del régimen colonial esclavista y anuncia claramente su ruptura con esos principios. ¿ porque no rendirle homenaje de honradez intelectual y querer hacerle pasar por lo que no quiere ser un defensor de los derechos del hombre?. Es una cuestión que merece plantearse.Por añadidura, Barnave,, al pasar de la izquei9rda ha teorizado sobre la prevalencia de los intereses reales sobre los derechos. Vio en la revolución la ocasión de reajustar el poder  politico a las nuevas formas de propiedad. Esta forma de  materialismo histórico propia de Barnave, que justifica la defensa violenta del principio del derecho burgués de propiedad, incluyendo a los esclavos, es interpretada por Furet como una “ prefiguración” de Marx, lo que desembocaría en una “filiación  intelectual con Marx”, por decirlo en los términos de Furet.
No podemos menos que extrañarnos sobre esta utilización de Marx al servicio de la r4evolucon burguesa de Barnave. El esquema interpretativo de “revolución  burguesa”  se me4ustra aquí de una manera que no puede ser más reaccionaria. Que se mezcle a Marx en este asunto, es cuando menos, sorprendente.
Se puede verificar que este esquema no  es un concepto estabilizado y hemos visto como se han sucedido tres  muestras diferentes del concepto, incluso contradictorias. Es difícil por tanto hacer de él una “categoría histórica”.

El esquema interpretativo de “revolución  burguesa” poco a poco se ha ido haciendo prejuicio  y, como tal, su función consiste en impedir pensar. Quisiera mostrar a través de tres ejemplos significativos esa  función del prejuicio.


Comenzaré por el problema de la perdida de visibilidad de un liberalismo ético-político revo9lucionario, que sin embargo se expresó abundantemente durante la revolución y que, después, ha sido ocultado por un liberalismo económico  privilegiado unilateralmente, entre otros, por los promotores del esquema interpretativo de  “revolución burguesa”.

La declaración de derechos del hombre y del ciudadano de 1789 fue el producto de tres siglos de experiencias y de reflexiones centradas en la idea de un derecho natural universal. La filosofía del derecho natural moderno, confrontada a la conquista colonial, al exterminio de los indios, a la esclavitud d elos negros, a las masacres de las guerras de religión,  al despotismo del estado, a la expropiación de los pequeños productores, a la prostitución  para subsistir, se afirma, con un esfuerzo cosmopolita, como la conciencia crítica de la” barbarie  europea”.



La Declaración  de 1789 no ha sido por lo tanto la obra de unos pocos días. Su objeto era poner fin al despotismo y a la tiranía. La monarquía de derecho divino era por naturaleza despótica. El rey no era responsable más que ante Dios. Sin embargo debía respetar la  “constitución” del reino pero su irresponsabilidad autorizaba al déspota a sobrepasar esos límites morales y hacerse tiránico.

 Al imponer  la declaración  de derechos, la revolución  quería poner fin al despotismo que se apoyaba sobre una teoría del poder sin más limites que los morales ( el buen príncipe), es decir, sin el derecho.  El principio de soberanía popular  destruía el de derecho divino y restituía la soberanía, como bien co9mun, al pueblo. Al hacer esto, el principio de soberanía popular se acompañaba de la separación entre política y teología. El corazón de la teoría de los derechos human os y del ciudadano se encuentra la libertad de conciencia, fruto precioso de los herejes que afirmaban, contra  todo dogmatismo doctrinal, la existencia de un derecho natural vinculado a la persona y que es superior a todo poder terrenal y se impone a todas la instituciones creadas por  el hombre.

En este sentido, la declaración de derechos del hombre y del ciudadano fundamentada un contrato social para la protección de los derechos personales y el derecho colectivo de la soberanía popular, es decir, sobre principios que se traducían en términos jurídicos.

Partiendo de la experiencia holandesa e inglesa y de la de los Estados Unidos, la declaración de derechos establecía el principio lockeano de un poder legislativo, expresión de la conciencia social, como poder supremo. El poder ejecutivo, al contrario, se consideraba como peligroso por naturaleza. Efectivamente, el despotismo se caracterizaba, y se caracteriza siempre, por una confusión entre el ejercicio de poderes legislativo y ejecutivo,. El ejecutivo debía subordinarse al legislativo y debía responsabilizarse, es decir estar obligado a rendir cuentas rápidamente de manera que se le impidiese, todo lo posible, producir perjuicio alguno.



Insistamos sobre este punto, el objetivo de los revolucionarios de 1789 y 1792-94 fue el de declarar los derechos del hombre y del ciudadano, construir un poder legislativo soberano e inventar nuevas soluciones para conseguir la subordinación del legislativo al  ejecutivo, que es  peligroso desde el momento en que se hace  autónomo

La teoría de la revolución de los derechos del hombre y del ciudadano es por lo tanto liberal, la declaración afirma que el objeto del orden social y político es la protección de los derecho s de libertad individual y de los pueblos, a condición  que esos derechos sean universales, es decir, recíprocos y que no se transformasen en lo contrario, es decir, en privilegios. Esta teoría de la  revolución  afirma igualmente posible una sociedad fundada n, no en la fuerza, sino en el derecho. La legitimidad del derecho se hace por lo tanto, el problema mismo de lo político., (9)

Se produjo  entonces un conflicto cuando la revolución hizo explotar la contradicción entre  una libertad política fundada en un derecho personal universal y lo que puede llamarse  la libertad económica. Desarrollemos este punto.

El movimiento popular, y particularmente , el campesino, puso en cuestión , no solamente la institución de los señoríos, reapropiándose de las concesiones y bienes comunales usurpados por los señores, sino también  oponiéndose a la concentración de las explotaciones agrícolas que se desarrollaba por los granjeros capitalistas.

Además, la sociedad estaba amenazada por las transformaciones de tipo capitalista en el mercado de las subsistencias y  comenzó la guerra del trigo (10). Los grandes comerciantes de grano, intentaban entenderse con los grandes productores para sustituir con un mercado al por mayor privado,   a un mercado publico controlados por los poderes públicos. Estos comerciantes fueron capaces en algunos sitios como en las ciudades, de controlar los aprovisionamientos e imponer sus precios. La especulación al alza de precios de las subsistencias fue uno de los problemas mayores de la época como lo han mostrado las investigaciones de E.P. Thompson en particular.
Los economistas, llamados liberales de l a época sostenían, con gran convicción, que el derecho a la existencia y a la subsistencia del pueblo era un prejuicio que, a medio plazo, quedaría asegurado por la libertad de comercio del grano., lo que debía resolver el problema de producción y consumo gracias a la armonía de los intereses individuales en competencia.
Así pues, la Asamblea constituyente se alió a la política d elos economistas llamados liberakes y proclamo la libertad sin límites de la propiedad privada y voto una ley marcial para reprimir toda resistencia popular.

La contradicción entre el derecho de propiedad, que no es universal y el derecho natural a la vida y conservación  de la existencia se hizo ejemplar. Dos concepciones del liberalismo se enfrentaron. El liberalismo económico mostró su carácter psuedoliberal al renunciar a la universalidad del derecho  y rompiendo de esta manera con la teoría de la revolución de los derechos del hombre y del ciudadano. La constitución de 1791 viola la declaración de derechos al imponer un sufragio  censitario y restringiendo el derecho de voto a los cabezas de familia ricos y manteniendo la esclavitud en las colonias, en nombre del respeto a los propietarios- como lo apercibimos en Barnave- y aplicando la ley marcial que provoco una guerra civil en Francia y en las colonias. L a gran insurrección de los esclavos  comenzó en santo Domingo en agosto de 1791 y no se detuvo hasta la abolición  de la esclavitud y la independencia de la isla.
La revolución  de agosto de 1792 echo abajo aquella constitución. El movimiento democrático puso al día la declaración de derechos y reclamó un nuevo derecho humano. El derecho a la existencia a los medios para conservarla. Los derechos económicos y sociales fueron un verdadero invento en ese periodo.

Por otra parte, la ciudadanía fe concebida de una forma nueva. El sufragio universal se restringía legalmente a los varones pero, en la prácticas, numerosas asambleas de base era n mixtas y permitían el derecho de voto a la mujer. Los ciudadanos participaban realmente en la formación de la ley di cutiendo en sus asambleas, reclamado y manifestándose. Ciudadanos y diputados constituían  junto0s el poder legislativo, poder supremo, dando lugar a una experiencia original del espacio público de reciprocidad del derecho ( 11 ). Era la definición misma que se daba de república. Un espacio público que se ampliaba y permitía a los ciudadanos, no solo comunicarse, sino también decidir, obrar e instruirse.
Esta ecónoma política a popular invento una solución original al subordinar el ejercicio del derecho de propiedad de los bienes materiales al derecho a la vida y la existencia,  que era el primero de los derechos humanos. El derecho a la vida es una propiedad de todo ser humano  que precede a t5odos los demás derechos sobre las cosas.
Nada más liberal  en el sentido más fuerte y autentico que ese programa de economía política comprendido en el derecho natural. El ejercicio de la libertad esta, efectivamente, ligado a la naturaleza universal del hombre, es una cualidad reciproca fundada sobre la igualdad de derechos de todos reconocida legalmente, mientras que la libertad económica ilimitada no es una libertad civil sino una libertad contradictoria con la libertad política, que destruye el pacto social, o sea, toda la sociedad política.
 Se nota pues que este liberalismo ético-político revolucionario esa cerca de las preocupaciones de Marx cuando comenta la ley relativa al robo de leñas así como de la crítica que formula sobre el derecho de propiedad en las declaraciones de derechos de 1789 y 1793 en  “ sobre la cuestión judía”, y también en su Critica del derecho de Hegel a propósito del poder legislativo ( 12)
El esquema interpretativo de la “revolución  burguesa” se muestra incapaz de tomar en con sideración  esta lucha entre las  dos concepciones del liberalismo que acabo de exponer y se limita a una justificación unilateral del liberalismo económico, no dándose cuenta de esa realidad histórica.

Quisiera también recordar la dimensión cosmopolita de la revolución de ls derechos del hombre y del ciudadano que se ha ignorado  durante mucho tiempo por la historiografía y también por la tradición marxista de la “revolución burguesa”.

Ante todo, precisemos que la Revolución que tuvo lugar en Francia debe incluirse dentro del gran ciclo de revoluciones iniciado por las revoluciones de Estados Unidos y de Córcega, seguidas por las revoluciones en Europa,. La de Haití, y de nuevo, al inicio del XIX en las colonias portuguesas y españolas de América.  Por decirlo de otra manera, la revolución en Francia no fue un hecho aislado sino que se entiende en medio de un movimiento de descolonización  de América. La demisión mundial  del ciclo revolucionario debe de ser tomada en cuenta.

En 1789, el reino de Francia era una potencia conquistadora en Europa y colo0nialista fuera de ella. Los pensadores de las Luces habían analizado ya ese sistema relacionándolo con  las formas de economía  de domiacio0n fundada en un intercambio desigual. Este sistema imperialista se había denominado “barbarie europea” por Diderot y Mably por ejemplo ( 13)
Thomas Paine, precisamente cuando iba a ser elegido diputado de la Convención publicaba Los derechos del hombre, obra en la que critica los fundamentos antropológicos del derecho público europeo. Rechaza la denominación de “estado civilizado” que se atribuía  a Europa, contraponiéndola a la de “estado salvaje”. Paine demostró la relación íntima que existían entre  la política despótica de los estados europeos en el interior y en el exterior. El sistema económico y la política colonial han provocado —escribe- una crisis social que es la vergüenza de Europa y el sistema no consiste ni en un estado civilizado ni un estado salvaje, sino un estado de barbarie. Paine esperaba que las revoluciones en Europa y en los domi9nios coloniales europeos abrirían un proceso de derribo de esas políticas de dominio. Lo formulo en los términos siguientes: “derecho  del hombre o la barbarie” (14)Existía, por lo tanto, en la época, una corriente de pensamiento y de acción critica con el imperialismo europeo, no eurocentrista y que expresaba la amenaza que la barbarie europea representaba, en la misma Europa y en todo el mundo. He ahí luna de dimensiones más interesantes de la historia de finales del XVIII .

Debemos recordar que la teoría revolucionaria de los derechos del hombre y del ciudadano plateo el problema no solamente en términos políticos en relación con una sociedad política asilada, sino de forma cosmopolita entregándolo en las relaciones que una sociedad particular tiene con otros pueblos.

El objetivo de la constitución de los derechos del hombre y del ciudadano no fue, en efecto, construir una soberna nacional aislada de los derechos de otros pueblos. En esto también el derecho natural de los pueblos a su soberanía implicaba el principio de reciprocidad del derecho universal. (15)

En 1790, la Asamblea constituyente renuncio solemnemente a las guerras de conquista en Europa. La revolución democrática, tras liberarse de la guerra de conquista, verdadera maniobra de diversión que los girondinos intentaron de septiembre de 1792 a marzo de 1793, fue aún más lejos al apoyar la revolución de los esclavos de Santo Domingo, aboliendo la esclavitud y llevando una política común  contra las colonias esclavistas y sus aliados ingleses y españoles. Tomaba así cuerpo unas perspectivas descolonizadoras que fue detenida, y después revocada por el 9 termidor y sus consecuencias. La constitución termidoriana de 1795 reanudó una política de conquista en Europa y colonial fuera de ella. Esta constitución, que suprimió las instituciones democracias y el sufragio universal masculino, preparo el reestablecimei9to d ela esclavitud por Bonaparte. Ya en la expedición a Egipto de 1798, Bonaparte llevaba esclavos. En 1802 Bonaparte lanzo su ejército contra las Antillas, y en Guayana para ree4stablecer la esclavitud, lo que provocaría la independencia de la república de Haiti en 1804.

A pesar de las reiteradas insistencias delos historiadores de la  revoluciones coloniales- James y Cesaire- hay que reconocer, como hace Yves Benot, el extraño silencio de la historiografía de la revolución francesa sobre el problema colonial. Mas inquietante es aun el silencio de los historiadores marxistas de toda tendencia, ortodoxos o disidentes, como se llamen, pero el resultado es el mismo (16)
Aquí también se neustra incapaz de dar cuenta de la realidad histórica ese esquema interpretativo dela  revolución burguesa”. Hemos visto como incluso se ha podido incluir  al esclavista Barnave en la filiación intelectual de Marx y en nombre de Marx mismo. Hasta ahí hemos llegado.
Contrariamente a esto, quiero únicamente recordar algunos hechos que se oponen frontalmente a los resultados que suelen atribuirse a las “revoluciones burguesas, revoluciones que, habrían dado paso al advenimiento de la democracia, del capitalismo y a los derechos del hombre, al mismo tiempo.
En primer lugar, hay que justificar, como algunos hacen, sin reserva alguna, el advenimiento del capitalismo. En lo que concierne al advenimiento paralelo de la democracia y de los derechos  humanos, permítase me mostrar la falsedad de esa afirmación en lo que a la historia de Francia concierne.



La declaración de derechos del hombre y del ciudadano de 1789 declaraba los derechos naturales vinculados a la persona y por lo tanto universqales. Pero la constitución de 1791 vio0la aquella declaración y establece un sistema censitario que fue denominado en la época, la aristocracia de la riqueza. El derecho de sufragio no se vinculaba a las personas sino a la riqueza, es decir, a las cosas. La revolución de agosto de 1792 abolió esa constitución de 1791 y con la constitución de 1793 se volvió a los principios de la Declaración de derechos, es decir  a los derechos naturales ligados a la persona. Fue entre 1792 y 1794 cuando aparecieron las instituciones democráticas. Democracia municipal, diputados y miembros del ejecutivo electos, descentralización administrativa responsabilizada, aparición de un espacio público amp’0liado. Este proceso se detuvo y fue reprimido como consecuencia del golpe del 9 termidor y la constitución de 1794 suprimió las instituciones democráticas y municipales estableciendo un nuevo sistema censitario. En el momento en que la burguesía tomó el poder, suprimió esas instituciones. Pero hizo más aún.  Rompió con la teoría de la revolución. En efecto, al constitución de 1795 repudio la filosofía del derecho natural moderno y la concepción  de un derecho vinculado a la persona y recíproca. Esto es lo importante que la historiografía al uso parece habitualmente no entender. ( 17).

Bajo el consulado y el imperio, Bonaparte reestableció la esclavitud e hizo perder hasta el recuerdo de una filosofia de derecho natural moderno y la idea de una declaración de derechos del hombre y del ciudadano. De hecho, durante un siglo, desapareció la democracia en Francia. Tuvieron que ser las revoluciones de 1830, 1848,1871, las que desarrollasen  las ideas de democracia y derechos del hombre. La declaraci0on de derechos repudiada en 1795 no reaparecería hasta 1945, es decir 150 años después de su origen y tras una  terrible guerra mundial  contra el nazismo.

No se ve  que el capitalismo trajese la democracia y los derechos humanos. Creer esto supondría creer que la filosofía del derecho natural moderno, la teoría de la revolución y de los derechos del hombre, era una ideología del capitalismo cuando fue la expresión de la conciencia critica ante la barbarie europea.


[1] Jaurès, Histoire socialiste de la Révolution française, Paris, 1904, réed. Ed. Sociales, 6 vol.
[2] A. Mathiez, L’Heure, 3-01-1917, voir aussi J. Friguglietti, Albert Mathiez historien révolutionnaire, Paris, Soc. des Études robespierristes, 1974, p. 219.
[3] G. Lefebvre, Les Paysans du Nord, Lille, 1924, rééd. Colin, 1972 ; "La Révolution française et les Paysans", Etudes sur la Révolution française, P.U.F., 1953.
[4] A. Soboul, Les Sans-culottes parisiens en l’an II, Paris, 1958 ; G. Rudé, La foule dans la Révolution française, 1959, trad. de l’Anglais Maspero, 1982 ; R. Cobb, Les armées révolutionnaires, Paris, Mouton, 1961, 2 t. ; K.Tonnesson, La défaite des Sans-culottes, Paris-Oslo, 1959, rééd. 1978.
[5] A. Aulard, Histoire politique de la Révolution française, Paris,1901 ; Recueil des Actes du Comité de salut public, Paris, depuis 1889, cf. t.1,"Présentation". P. Sagnac, La législation civile de la Révolution française, Paris,1898, rééd. Genève, Mégariotis, 1979.
[6] Voir en particulier le catéchisme marxiste de F. Furet, Marx et la Révolution française, Flammarion, 1986, on s’amusera à lire p. 57, comment Furet, jugeant Marx non marxiste, le qualifie "d’extravagant" !
[7] F. Furet, M. Ozouf, Dictionnaire critique de la Révolution française, Paris, 1989, rééd. augmentée Champs-Flammarion, 1992.
[8] Archives Parlementaires, depuis 1867, t. 25, Assemblée constituante, Barnave, 11 mai 1791, p. 757 et 23 septembre 1791, t. 27, p. 256. J.P. Faye avait déjà attiré l’attention sur la rupture de Barnave avec la Déclaration des droits en 1790-91, Dictionnaire politique portatif en cinq mots, Idées Gallimard, 1982, p.112.
[9] Sur le lockianisme révolutionnaire voir S.Rials, La Déclaration des droits de l’homme et du citoyen, Pluriel, 1988 ; Fl. Gauthier, Triomphe et mort du droit naturel en révolution, 1789-1795-1802, Paris, P.U.F., 1992.
[10] Sur la Guerre du blé voir Fl. Gauthier, G.R. Ikni éd., La Guerre du blé au XVIIIe siècle, Passion chez Verdier, 1988, recueil d’articles en hommage à E.P. Thompson et bibliographie à ce sujet.
[11] Voir D. Godineau, Citoyennes tricoteuses. Les femmes du peuple à Paris pendant la Révolution, Alinéa, 1988. Voir la synthèse de R. Monnier, L’espace public démocratique, 1789-95, Kimé, 1994.
[12] K. Marx, Critique du droit hégélien, 1843, trad. Paris, 10x18, 1976 ; Sur la question juive, trad. de J.M. Palmier, Paris, 1968 ; P. Lascoumes, H. Zander, Marx, du "vol de bois" à la critique du droit, édition critique, P.U.F., 1984.
[13] Raynal, Histoire philosophique et politique ... des deux Indes, 1772-81, textes choisis par Y. BENOT, La Découverte, 1988. Diderot rédigea plusieurs chapitres, cf. p.5 ; Mably, Le droit public de l’Europe, 1740-64, et Les entretiens de Phocion, 1763, Desbrières, 1794-95, t. 6 et 10.
[14] T. Paine, Les droits de l’homme, Londres, 1791-92, trad. Belin, 1987, 2e partie.
[15] Voir Fl. Gauthier, Triomphe et mort du droit naturel en révolution, op. cit., IIIe partie "Une cosmopolitique de la liberté".
[16] C.L.R. James, Les Jacobins noirs. Toussaint Louverture et la Révolution de Saint-Domingue, 1938, trad. revue Ed. Caribéennes, 1988 ; A. Césaire, Toussaint Louverture. La Révolution française et le problème colonial, Présence Africaine, 1961 ; Y. Bénot, La Révolution française et la fin des colonies, La Découverte, 1988, chap. Dans le miroir truqué des historiens.
[17] Par exemple M. Gauchet, La Révolution des droits de l’homme, Gallimard, 1989, qui ne distingue pas entre un "droit naturel", tel que déclaré en 1789 et en 1793, et un "droit de l’homme en société", voir sa IIe partie.
Fuente. :Le canard republicain http://www.xn--lecanardrpublicain-jwb.net/spip.php?article523

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