Por Jorge Vergara Estévez .-Universidad
de Chile
"L'homme est
né libre, et par-tout il est dans les fers. Je veux chercher si dans l'ordre
civil il peut y avoir quelque regle d'administration légitime et sûre, en
prenant les hommes tels qu'ils sont, et les loix telles qu'elles peuvent
étre".
Jean- Jacques
Rousseau, Du contrat social, Livre I
Pueden distinguirse dos
períodos en su pensamiento. El primero se inicia con su primera obra, Discurso
sobre las ciencias y las artes, de 1750, que cuestiona la concepción del
progreso de los philosophes. En el Discurso sobre el origen y los fundamentos
de la de la desigualdad, de 1755, plantea un esbozo de una filosofía de la
historia y una crítica del absolutismo. En el Discurso sobre la economía
política, de 1755, cuestiona las concepciones económicas de los enciclopedistas
y de los fisiócratas. Y en el "Prefacio" de su obra de teatro
Narcisse, de 1741, realizó una aguda crítica ética de la sociedad civil de su tiempo.
La segunda fase comprende la publicación, en 1762, de sus obras principales: El
contrato social y Emilio, que expresan su madurez filosófica.
Mediante sus análisis,
Rousseau comprendió el carácter imperativo de las relaciones sociales y su
poder para condicionar los fines y los medios de la conducta humana. En el
Narciso mostró las conexiones entre las relaciones sociales y la moralidad.
"Creo que se puede hacer una estimación muy justa de las costumbres de los
hombres por la multitud de relaciones que tienen entre sí; cuanto más comercian
entre ellos, más admiran sus talentos y sus habilidades (industrie), más se
engañan decente y diestramente y más dignos son de desprecio. Lo digo con
pesar; el hombre de bien no necesita engañar a nadie, y ese hombre es el
salvaje"1 Posteriormente, destacó la importancia de las relaciones
políticas para conformar y modificar a un pueblo. "Todo depende
radicalmente de la política, y de cualquier modo que se obrase, ningún pueblo
sería otra cosa que lo que le hiciera ser la naturaleza de su gobierno (forma
de Estado)"2 .
En los inicios de la
Modernidad, Maquiavelo constató que las exigencias de la vida política imponen
una conducta moral diferente a la privada, y consideró esta disociación propia
de las épocas de crisis. Rousseau fue más allá examinando la disparidad entre
el discurso ético y las prácticas sociales. La atribuye a las estructuras
fundamentales de la sociedad moderna, a su forma de organización y no solo a
situaciones de crisis. Esta disociación no podría resolverse mediante
decisiones individuales aisladas. Se requiere transformar la sociedad para
evitar que los hombres se vean obligados a hacer lo que no desean, y puedan
hacer lo adecuado a su felicidad individual y la de todos.
Para Rousseau, la crisis de
la sociedad moderna tenía, básicamente, carácter cultural y moral, y se
expresaba a nivel político en el "despotismo", condensación de la
crisis de su sociedad civil y de su moralidad. "De la extrema desigualdad
de las condiciones y de la fortuna, de la diversidad de las pasiones y de los
talentos, de las artes inútiles, de las artes perniciosas, de las ciencias
frívolas saldrán infinidad de prejuicios, contrarios por igual a la razón, a la
felicidad y a la virtud. Se verá a los jefes fomentar todo lo que pueda
debilitar, desuniéndolos, a los hombres reunidos, todo lo que pueda dar a la
sociedad un aire de concordia y sembrar en su seno un germen de división real,
todo cuanto pueda inspirar a los diferentes órdenes recelo y odio mutuos
mediante la oposición de sus derechos y sus intereses, y fortalecer por
consiguiente el poder que a todos los contiene"3.
El despotismo constituiría
la última fase del desarrollo histórico iniciado con la disolución del Estado
patriarcal, el desarrollo de la técnica, el establecimiento de la propiedad y
el surgimiento de la desigualdad entre los hombres4. Representa el cierre de un
círculo histórico y una forma degradada de retorno al estado de naturaleza.
"Aquí todos los individuos vuelven a ser iguales, puesto que son nada, y
los súbditos no tienen otra ley que la voluntad del amo, y el amo no tiene otra
norma que sus pasiones, las nociones del bien y los principios de la justicia
se desvanecen de nuevo. Todo retorna a la ley del más fuerte y, por
consiguiente, a un nuevo estado de naturaleza diferente del que comenzamos, que
era el estado de naturaleza en su pureza, pues este último es el fruto de un
exceso de corrupción"5.
Frente a la crisis
multidimensional de la sociedad moderna, Rousseau propuso dos vías complementarias
para superarla: la de la reforma educativa, en Emilio, y la refundación
política, en El contrato social. Se expondrá ahora solo la segunda.
Rousseau plantea el problema
político a nivel del interés. Si el despotismo representa la forma extrema de
separación entre el interés de los gobernantes y de los gobernados, y la
imposición del interés particular de los primeros sacrificando el de los
segundos, la reforma deberá consistir en la reintegración de esta separación.
En el Discurso de la desigualdad, escribía: "Hubiera querido nacer en un
país donde el soberano y el pueblo no pudieran tener más que un solo y mismo
interés, de modo que todos los movimientos de la máquina no se dirigieran a
otro fin que el bien común".
Para Locke, la solución de
este problema consistía en reservar el poder político a una clase social cuyos
intereses particulares coincidieran con las de toda la sociedad, por tanto
serían universales6. Rousseau rechaza este principio fundamental de la teoría
del liberalismo clásico. Esto le permitió plantear una concepción participativa
de la democracia, diferente de la de Locke y su concepción de la representación
fundada en este supuesto. Su principio fundamental es que nadie puede
representar al pueblo mejor que él mismo. Consecuentemente, su propuesta es
hacer del pueblo el Soberano: "Y éste no podría hacerse a menos que el
pueblo y el Soberano fueran una misma persona. Se desprende que yo hubiera
querido nacer bajo un gobierno democrático prudentemente moderado"7.
La crítica del despotismo y
de las formas no democráticas de gobierno está supuesta en El contrato social,
desde sus primeras líneas: "L'homme né libre, et partout il est dans les
fers"8. Esta oración combina dos enunciados diferentes. El primero afirma
el carácter innato, natural, de la libertad humana y tiene carácter teórico. Su
origen se remonta al derecho natural romano, que establecía que los hijos de
padres libres lo eran por naturaleza9. La originalidad de Rousseau reside en
otorgar a la libertad el carácter de esencia humana inalienable e
irrenunciable. En el Discurso de la desigualdad escribía: "no es tanto el
entendimiento lo que constituye la diferencia específica del hombre respecto a
los animales, sino su cualidad de agente libre"10. En El contrato social
dice "renunciar a la libertad es renunciar a la cualidad de hombre".
Esta filosofía de la libertad es uno de los ejes centrales de constitución de
su proyecto social y político. La segunda proposición es un enunciado fáctico
que implica una interpretación crítica sobre los sistemas institucionales de la
época11.
El contrato social supone
también la crítica roussoniana de las relaciones de dominación. "Hay
quienes se creen amo de los otros, pero no por ello deja de ser menos esclavo
que ellos"12. Parece una paradoja: ¿Cómo podría decirse que el hombre que
manda y es obedecido no es libre? Enunciados de esta naturaleza parecen
justificar el reproche de "hombre paradojal" y "sofista",
que sufrió en su época. En una de sus últimas obras, Cartas desde la montaña,
ofrece una explicación esclarecedora. "La libertad consiste menos en hacer
su voluntad que en no estar sometido a la de otro; consiste, también, en no
someter la voluntad de otro a la nuestra. Quienquiera que sea amo no puede ser
libre, pues reinar es obedecer"13. La libertad del amo es, pues, una
ilusión. Los hombres han perdido para siempre su independencia natural. Su
existencia se ha hecho social. "¿Cómo se produjo este cambio? Lo ignoro.
¿Qué puede legitimarlo? Creo poder resolver esta cuestión"14.
La primera pregunta es una
cuestión histórica analizada en Discurso de la desigualdad, donde Rousseau
explícita el carácter hipotético de su esbozo de desarrollo histórico
universal, y no pretende descubrir las leyes de su desarrollo. En cambio, la
pregunta de El contrato social es proyectiva: "Quiero investigar si en el
orden civil puede haber alguna regla de administración legítima y segura,
considerando a los hombres como son y a las leyes tal como pueden ser"15.
Busca un principio que armonice la organización jurídica y política de la
sociedad con la naturaleza humana. En otras palabras, busca reconstruir la
sociedad a la medida del hombre. El principio buscado debe ser
"legítimo" y "seguro". La primera exigencia se refiere a la
libertad. Debe provenir de la libertad y preservarla; la segunda, puede ser
entendida como certeza o como fuente de estabilidad y orden social.
Rousseau, a diferencia de
sus contemporáneos, asumió la crisis de su tiempo y la incorporó en su
horizonte de su reflexión. En el Emilio escribe: "nos aproximamos del
estado de crisis, al siglo de la revoluciones". Allí advierte a un padre:
"usted confía en el orden actual de la sociedad sin soñar que este orden
está expuesto a revoluciones inevitables, y no puede prever, ni prevenir lo que
puede aguardar a sus hijos". Agrega: "es del todo imposible que las
grandes monarquías de Europa perduren todavía mucho tiempo"16. En este
contexto de crisis de la sociedad moderna y del despotismo ilustrado, Rousseau
presenta su proyecto orientado a la creación de un nuevo orden legítimo.
Consiguientemente, el objeto
de El contrato social es la búsqueda de un principio de legitimación; es una
investigación de teoría político-jurídica, no de historia política. Su
subtítulo es "Principios de derecho político". En el Emilio señala
que el derecho político no ha nacido aún, ni Hobbes ni Grocio pueden ser
considerados sus fundadores.
Montesquieu hubiera podido
serlo, pero se dedicó a estudiar el derecho positivo de los Estados, y
"nada en el mundo hay más diferentes que estos dos estudios". El
derecho político investiga los principios del mismo, que constituyen las reglas
de la observación científica; la escala de comparación con las medidas que se
hayan tomado, es decir, las leyes de cada país. La centralidad de esta disciplina
se debe a que Rousseau -como anteriormente Hoocker, Locke y Montesquieu-
considera al derecho como "el centro de la vida social, una sociedad sin
leyes no es, en último análisis una verdadera comunidad"17. A diferencia
del despotismo -carente de normas generales y en el que el gobernante ejerce
una voluntad autónoma y arbitraria-, su ideal político, la república, es un
Estado de derecho basado en la soberanía popular18.
En las primeras páginas de
El contrato social, Rousseau cuestiona el derecho natural como fundamento de
las leyes existentes y se pronuncia por la tesis convencionalista. "El
orden social es un derecho sagrado que sirve de base a todos los demás. Sin
embargo, este derecho no proviene en modo alguno de la naturaleza, está, pues,
basado en las convenciones. Se trata de saber cuáles son esas
convenciones"19. Examina dos formas de naturalismo: la que sostiene que la
fuerza funda el derecho y la que reduce este a una institución familiar.
La tesis de que el derecho
se reduce a la fuerza se remonta a los sofistas griegos. Para Calicles existe
una contradicción entre las leyes de la naturaleza y las positivas: "por
naturaleza es más feo todo lo que es desventajoso, por ejemplo, sufrir
injusticia; pero por ley es más feo cometerla. Los que establecen las leyes son
los débiles y la multitud mirando su propia utilidad. Es justo que el más
fuerte domine al más débil"20. La respuesta de Rousseau diferencia
claramente entre fuerza y derecho, "la fuerza es un poder físico; no veo
qué moralidad podría provenir de su aplicación. Ceder a la fuerza es un acto de
prudencia. ¿En qué sentido podrá ser un deber?"21. La fuerza cambia de
manos y su desobediencia es legítima. El derecho supone un fundamento moral,
crea deber; otorga autoridad que se obedece voluntariamente. Rousseau no
consideró los mecanismos de interiorización del poder, de conversión del poder
en orden. Opone al concepto de fuerza su concepto del derecho, de carácter
democrático y consensual.
Los teóricos del absolutismo
consideraban a la organización familiar como micromodelo del Estado absoluto.
Robert Filmer escribió a comienzos del siglo XVIII una obra a favor de la
doctrina del derecho natural divino de los reyes: Patriarca y el poder natural
de los reyes. El nombre de sus capítulos sintetiza su contenido: "I. Los
primeros reyes fueron los padres de familia; II. Es antinatural que el pueblo
gobierne o elija gobernantes; III. Las leyes positivas no infringen el poder de
los reyes"22. Locke dedicó el primero de sus Dos tratados sobre el gobierno
civil (1690) a la refutación de las concepciones de Filmer. Rousseau retoma el
debate en la línea de Locke. Piensa que la sujeción de los hijos es temporal;
terminado su ciclo de desarrollo todos recobran su independencia. La familia
podría ser considerada modelo de sociedad política, pues los hijos, habiendo
nacido libres e iguales, enajenan su libertad por su propio provecho durante un
período.
Otra tesis naturalista funda
el derecho en la superioridad natural de los gobernantes o del sector dominante
de la sociedad. Aristóteles es mencionado aquí como uno de sus representantes.
"Regir y ser regido no sólo son dos cosas necesarias sino convenientes, y
ya desde el nacimiento unos seres están destinados a ser regidos y otros a
regir. Todos aquéllos que difieren de los demás tanto como el cuerpo del alma o
el animal del hombre son esclavos por naturaleza", escribe en su
Política23. Rousseau cuestiona esta tesis y, en general, la doctrina de la
desigualdad natural de los hombres. "Aristóteles tenía razón, pero tomaba
el efecto por la causa. Todo hombre nacido en la esclavitud nace para la
esclavitud. Los esclavos lo pierden todo con sus cadenas, hasta el deseo de
salir de ellas; aman su servidumbre así como los compañeros de Ulises amaban su
embrutecimiento. Por tanto, si hay esclavos por naturaleza, es porque hubo
esclavos contra naturaleza"24.
La relación de dominación,
el modo de vida servil, es una relación interna que convierte a unos en señores
y a otros en vasallos. Desde la lógica de las apariencias, que solo concibe
identidades fijas, los hombres que aparecen como señores o como subordinados
siempre han sido lo que son. Su señorío y servidumbre les pertenecen como
propiedades naturales. La relación de dominación solo explicitaría lo que
siempre ha sido. Hegel, en cambio, mostró que la constitución de la relación
señor-vasallo era el resultado de una lucha entre hombres libres y la
imposición del poder de unos sobre otros. En el proceso de su relación cada uno
llega a ser lo que es; aprende su nueva identidad relacional25.
Desde su crítica de las
principales formas de naturalismo, Rousseau concluye que el derecho solo puede
provenir de las convenciones. "Puesto que ningún hombre tiene autoridad
natural sobre su semejante, y que la fuerza no produce ningún derecho, quedan,
pues, las convenciones como base de toda autoridad legítima entre los
hombres"26. La opción de Rousseau por el contractualismo no implica
excluir elementos de derecho natural. Consecuentemente, no acepta cualquier
forma de contrato social, sino exige que la convención sea justa, conforme al
derecho natural, entendido como constitución humana.
Seguidamente, examina dos
tesis convencionalistas que pretenden justificar el despotismo. La primera se
atribuye a Grocio, pero valdría para Hobbes, y sostiene que un pueblo puede
enajenar su libertad haciéndose súbdito de un rey. Dice Rousseau:
"Enajenar es dar o vender. Un hombre que se hace esclavo no se da, se
vende, al menos por su subsistencia; pero un pueblo, ¿por qué se vende?"27.
El mantiene al rey, entonces, daría su persona y sus bienes gratuitamente.
"Se dirá que el déspota asegura a sus súbditos la tranquilidad
civil"28. Sin embargo, los déspotas suelen arrastrar sus pueblos a las
guerras motivados por su ambición; los privan de sus bienes y los someten a
vejaciones. La tranquilidad no es un valor si se obtiene reprimiendo la
oposición y la crítica. Podría decirse que los pueblos se dan gratuitamente a
sus amos. Pero, este sería un "acto ilegítimo y nulo", una expresión
de sin razón y "la locura no hace derecho". Un pueblo que se aliena a
sí mismo no podría enajenar las generaciones venideras. Dicha donación
excedería los derechos de la paternidad. Por tanto, dicho pacto de sumisión
debería ser renovado o anulado en cada generación. El tema es importante, pues
para Hobbes y el pensamiento autoritario, el origen de la autoridad es la
cesión de la libertad del pueblo en los gobernantes, por tiempo indefinido, y
obligatoria para las nuevas generaciones. Al expresar su apoyo o consentimiento
el pueblo al poder autoritario, otorgaría legitimidad permanente al orden
autoritario, supuestamente fundado sobre ese pacto político.
Para Rousseau, la
enajenación de la libertad de un pueblo sería un acto nulo en derecho, pues la
libertad es irrenunciable. "Renunciar a la libertad es renunciar a la
cualidad de hombre, a los derechos de la humanidad, incluso a sus deberes. No
hay ninguna compensación posible para quien renuncia a todo. Semejante renuncia
es incompatible con la naturaleza del hombre, y es privar de toda moralidad sus
acciones al privar a su voluntad de libertad"29. Este texto es cardinal
para comprender el pensamiento político de Rousseau. Por una parte, muestra la
íntima articulación entre su filosofía del hombre, basada en la libertad como
condición humana esencial e irrenunciable; y su filosofía política centrada en
la legitimidad democrática. Por otra, marca la ruptura del pensamiento
roussoniano con la teoría política del liberalismo clásico, especialmente con
Hobbes. Los clásicos liberales consideran inevitable la renuncia completa
(Hobbes) o parcial (Locke) de la libertad (política) para constituir la
sociedad política. Para ellos, la libertad se escinde en libertad política y
libertad económica en y para el mercado. Se sacrifica la primera, "la
libertad de los antiguos", para asegurar la segunda, "la libertad de
los modernos", como las denomina Constant30. Consiguientemente, se
subordina la organización política de la sociedad a las necesidades de la
sociedad civil, que gira en torno al mercado31. La consecuencia sería el
empobrecimiento de la política; la escisión de la sociedad en "lo
social" y "político", y la separación del hombre respecto al
ciudadano. El texto muestra la radical oposición de Rousseau a todo
planteamiento que justifique la desocialización del poder, su concentración en
un líder, grupo o clase social.
Frente a las dificultades de
fundar la esclavitud o el despotismo en un pacto de sumisión, se ha buscado
justificarla como consecuencia de un derecho de guerra: sería una obligación
contraída por los vencidos. Aunque Rousseau atribuye esta tesis a Grocio, fue
formulada claramente por Hobbes. "Los pactos aceptados por miedo son, en
la condición de mera naturaleza, obligatorios. Por ejemplo, si pacto pagar un
rescate o servicio por mi vida a un enemigo, quedo por ello obligado, pues es
un contrato en que uno recibe el beneficio de la vida y el otro ha de recibir
por ello dinero o servicios"32. La refutación de Rousseau se dirige a las
dos premisas centrales de la tesis: el estado de guerra no otorga derechos
sobre los individuos y la guerra no existe en el estado de naturaleza.
Rousseau en El estado de
guerra nace del estado social desarrolla sus argumentos. En el estado natural
los hombres son pacíficos y tímidos. La valentía es el fruto de la experiencia;
las pasiones que lo llevan a la guerra, solo pueden provenir del estado social.
La guerra requiere de la asociación. "No hay, pues, ninguna clase de
guerra general entre los hombres, y la especie humana no ha sido creada
únicamente para destruirse. La guerra es un estado permanente que supone
relaciones constantes y estas relaciones rara vez tienen lugar de hombre a
hombre"33. Es una forma de relación entre Estados; el enemigo es el otro
Estado y sus habitantes lo son como soldados o defensores. Solo existe el
derecho de matarlos cuando están armados, si se rinden se pierde dicho derecho.
El enemigo convertido en esclavo del vencedor no está obligado a obedecerlo
salvo si es forzado a ello. La conclusión de este análisis crítico es taxativa:
"el derecho de esclavitud es nulo, no sólo porque es ilegítimo, sino
porque es absurdo y no significa nada. Estas palabras, esclavitud y derecho se
excluyen mutuamente"34.
El examen de las doctrinas
expuestas constituye una crítica a la teoría política del absolutismo,
complementaria a la del Discurso de la desigualdad. Rousseau cree necesario
agregar otro argumento diferente. El despotismo no consigue crear una verdadera
asociación, ni un cuerpo político: "yo no veo aquí más que un señor y sus
esclavos; no veo allí un pueblo y su jefe; es si se quiere una agregación, pero
no una asociación ahí no hay bien público, ni cuerpo político"35.
Retengamos los términos de esta oposición. El despotismo solo permite la
"agregación" como relación sumatoria de individuos sometidos al
gobernante; no hay constitución del "sujeto colectivo", del pueblo.
La asociación, en cambio, es una relación horizontal en la que el pueblo se
constituye como "cuerpo político"; he aquí la primera formulación del
organismo político de El contrato social. La relación con la democracia se
expondrá seguidamente.
Rousseau se propone examinar
el acto por el cual el pueblo se hace a sí mismo convirtiéndose en sujeto
colectivo. Esto implica la unión de fuerzas de cada uno de sus miembros, dice,
"pero siendo la fuerza y la libertad los primeros instrumentos de su
conservación ¿cómo las comprometerá sin perjudicarse y descuidar los cuidados
que se debe a sí mismo?"36. Esto lo define el nuevo pacto social. "Se
ha de buscar una nueva forma de asociación que defiende y proteja de toda la
fuerza común a la persona y los bienes de cada asociado, y por la cual,
uniéndose cada uno a todos, no obedezca, sin embargo, más que a sí mismo y
quede tan libre como antes"37.
Pareciera una reiteración
del contrato social de Locke. Se trataría de crear un tipo de asociación que
proteja la seguridad de las personas y sus bienes. Esta lectura ha dado lugar a
la interpretación liberal de El contrato social, por la cual el hombre posee
derechos inalienables previos al pacto social, diferentes a los "derechos
del ciudadano", provenientes de este. En consecuencia, se reconoce frente
al Estado un orden privado inviolable al que pertenece la familia, las
organizaciones privadas y la vida económica. El "hombre privado"
prevalece sobre el "público" o ciudadano38.
Asimismo, esta
interpretación no percibe la profunda diferencia entre Locke y Rousseau sobre
el derecho de propiedad. Para el primero es un derecho natural, que se
constituye en la primera fase del estado de naturaleza por la apropiación
mediante el trabajo, y en la segunda, por la acumulación y las leyes del
mercado. Asimismo, es un derecho ilimitado de acumulación. Para Rousseau, en
cambio, es un derecho civil, no previo a la sociedad (política). El contrato
social transforma la usurpación precedente en "legítima posesión",
convirtiéndola en un "verdadero derecho". Podría decirse que la
propiedad garantizada por el contrato social está limitada por el derecho de
vida de todos. Debe limitarse la acumulación y enriquecimiento que implica el
empobrecimiento para muchos, y la reducción de sus posibilidades o calidad de
vida de la mayoría39. Para Locke, el derecho de propiedad ilimitada está sobre
la vida. Consiguientemente, si alguien quiere despojarme de mi propiedad, tengo
derecho no solo a impedirlo sino a matarlo. En Rousseau encontramos una
afirmación directa del derecho de vida de todos. "Todos deben vivir",
escribe, lo que implica el acceso a los medios de vida y al trabajo, y al derecho
a la propiedad y no solo de propiedad.
Rousseau atribuye a la nueva
asociación la capacidad de integrar a los ciudadanos, constituyendo "el
cuerpo social". Podría pensarse que ha regresado a Hobbes y su idea de la
unión real de los ciudadanos en el Estado, no obstante, Rousseau cualifica esta
unificación. No significa la pérdida completa de la libertad en aras del
Estado, sino al contrario: cada uno no obedecerá más que a sí mismo, puesto que
será a la vez miembro del soberano y del pueblo y "quedará tan libre como
antes". Hobbes y Locke buscaban fundamentar la obediencia política a una
autoridad externa a los sujetos, pues gobernantes y gobernados eran dos
funciones cualitativamente diferentes e incompatibles, y el Estado no podía
sino construirse sobre esta escisión. Rousseau cambia los términos del
problema, realiza una revolución copernicana de la filosofía política. Concibe
un tipo de asociación que hace radicar la soberanía en el pueblo, y con ella la
obediencia política sería autoobediencia que preserva la libertad de cada uno.
El proyecto de los teóricos
ingleses era crear un Estado de individuos, pues el individuo egoísta y aislado
movido por el afán posesivo representa para ellos la culminación del desarrollo
humano, el ser humano en su madurez. El Estado es visto como la condición
externa, como un medio que posibilita su movimiento y actividad. Rousseau no
comparte esta visión del hombre. El individuo moderno no representa para él la
plenitud humana, sino solo una forma de existencia humana característica de la
sociedad moderna. Es un hombre alterado, fuera de sí y contradictorio. Su
ámbito social obstaculiza e impide la realización de su perfectibilidad humana:
"siempre en contradicción consigo mismo, fluctuando siempre entre sus
inclinaciones y sus deberes, nunca será hombre ni ciudadano; no será bueno para
sí ni para los demás. Será un hombre de nuestros días. Ya no existe la
institución pública; porque donde no hay patria no puede haber
ciudadanos"40. Su existencia está traspasada de ambigüedad, vive en la
sociedad, pero quiere conservar en ella su condición de hombre natural.
"El hombre natural es todo para él, es la unidad numérica, el entero
absoluto que no tiene más relación que consigo mismo o con su semejante. El
hombre civil es una unidad fraccionaria que determina el denominador, y cuyo
valor está en relación con el entero, que es el cuerpo social"41. En El
contrato social dice que el individuo "es un todo perfecto y
solitario".
La institución de un pueblo,
la refundación de la sociedad, requiere "cambiar, por así decir, la
naturaleza humana" (El contrato social), "desnaturalizar al
hombre" (Emilio), para "transformar cada individuo, en parte de un
todo mayor, del que el individuo recibe en cierta forma su vida y su ser"
(El contrato social); "quitándole su existencia absoluta para darle una
relativa, y transportar el yo dentro de la unidad común, de tal manera que cada
particular no se crea un entero, sino una parte de esa unidad" (Emilio)42.
Estas expresiones podrían ser interpretadas como manifestación de un
organicismo que disuelve la individualidad en la sociedad. Sin embargo, otros
textos demuestran que no niega la individualidad: "por más que los
ciudadanos se llaman a sí mismos miembros del Estado, no podrían unirse a él
como los verdaderos miembros del cuerpo. Es imposible conseguir que cada uno
deje de tener una existencia individual e independiente, gracias a la cual se
vale por sí mismo para su conservación"43.
Es necesario constituir
"un gran tout" que permita superar la fragmentación social y al cual
cada uno se integre sin que su individualidad sea anulada como en el Leviatán.
Las cláusulas del contrato social se reducen a una: "la enajenación total
(l'aliénation total) de cada asociado con todos sus derechos en toda la
comunidad"44. La diferencia con el pacto hobbesiano es notoria, y define
el carácter de la alienación total de cada uno en varios individuos que se
convierten en los gobernantes del Leviatán. Para Rousseau, la alienación se
realiza en la comunidad. "Cada uno se da entero con sus derechos y la
condición es la misma para todos de modo que nadie querrá hacerla onerosa. Esta
alienación recíproca debe ser total, pues si quedasen algunos derechos en los
asociados, ningún superior podría fallar (prononcer) entre ellos y el público.
Siendo cada uno su juez en algún punto, pronto pretendía serlo en todo,
subsistiría el estado de naturaleza y la asociación llegaría a ser
necesariamente tiránica o vana"45.
Este es uno de los aspectos
más difíciles de comprender de la filosofía política de Rousseau. Ha sido
malentendido, generando interpretaciones arbitrarias. La alienación debe ser
total para colocar todos los asociados en un plano de igualdad, para que se
integren en una voluntad común equitativa para todos. Las decisiones tomadas en
común se aplican a todos, y al estar cada uno sometido a las mismas condiciones
que los demás, estas no pueden ser injustas o tiránicas. "Siendo la
condición igual para todos, ninguno tiene interés en hacerla onerosa para los
demás". La situación en los regímenes autoritarios es completamente
diferente: un grupo de poder minoritario toma las decisiones que afectan a
todos, pero ellos quedan excluidos de sus efectos. Su interés particular se
impone a la sociedad, bajo la apariencia de ser el único y verdadero bien
común.
Otra razón que hace que la
alienación deba ser total es que si fuera parcial no se constituiría la
soberanía como la concibe Rousseau. Si los ciudadanos se reservan derechos
privados o presociales, subsistiría un dominio en que existiría un estado
natural, el cual podría ampliarse a toda la vida social, tal como ya lo había
visto Hobbes. Se ha dicho que en el Leviatán hobbesiano, la guerra de todos
contra todos continúa como lucha económica y por el poder. En Rousseau, la
relación que cada uno establece con todos no es una dependencia personal, sino
un sistema de interdependencia recíproco que favorece a todos. "En suma,
al darse cada uno a todos no se da a nadie, y como no hay ningún asociado sobre
el cual no se adquiera el mismo derecho que cada uno le otorga sobre sí, se
gana el equivalente de todo lo que se pierde, y más fuerza para conservar lo
que se tiene"46. La posición de Locke es opuesta y estrictamente
garantista. El contrato social debe garantizar derechos individuales prepolíticos,
especialmente el de propiedad. La alienación debe ser parcial, porque dicho
derecho es absoluto y jamás debe ser restringido o limitado.
La fórmula del contrato
social define el carácter del nuevo estado democrático. "El pacto social
(en) su esencia se reduce a los siguientes términos: "cada uno de nosotros
pone en común su persona y todo su poder bajo la suprema dirección de la
voluntad general; y nosotros recibimos corporativamente (en corps) a cada
miembro como parte indivisible e inalienable del todo"47.
El término clave es la
"voluntad general". El contrato social "produce inmediatamente,
en lugar de la persona particular de cada contratante, un cuerpo moral y
colectivo compuesto de tantos miembros como votos (voces) (voix) tiene la asamblea,
el cual recibe en este mismo acto su unidad, su yo común, su vida y su
voluntad"48. De este acto de asociación surge un nuevo sujeto: el pueblo,
dotado de voluntad general. "Rousseau ha tenido el mérito de establecer
como principio del Estado un principio que no sólo según su forma (como por
ejemplo, el instinto de sociabilidad, la autoridad divina), sino también según
su contenido es pensamiento y en realidad, el pensar mismo: la voluntad",
escribe Hegel49. Este yo común, la unión, es en sí mismo el fin que permite a
los individuos acceder a una vida universal. El Leviatán hobbesiano difiere en
rasgos esenciales del pueblo como sujeto moral y colectivo. Es una
"persona ficticia", "un ser mecánico", es decir representa
las palabras y acciones de otros. "Una multitud se hace una persona cuando
son representados por un hombre, siempre que se haya hecho con el
consentimiento de cada uno en particular de los de aquella multitud, pues la
unidad del mandatario, no la unidad de los representados, lo que hace de la
persona una y es el mandatario el portador de la persona, y de una sola
persona. La unidad en multitud no puede entenderse de otra forma"50.
Mondolfo ha destacado que el pacto de sumisión hobbesiano no crea un pueblo
sino un Estado autoritario.
Hobbes exige que "todo
hombre transfiera todo su poder y toda su fuerza en un solo hombre o clase de
hombres, por lo cual todas las voluntades se reduzcan a una sola"51. Cada
uno forma parte de una multitud consciente en hacerse representar por un mismo
sujeto. Esta unidad con el mandatario es la que constituye la unidad del
Estado. Cada uno está unido al Estado que lo representa y todos son miembros
subordinados de este. Hobbes excluye la posibilidad de que la unidad se forme
por relaciones directas entre los sujetos, sin relaciones de representación,
como partes de un nuevo todo. La razón no se menciona, pero se deriva de su
rechazo a la democracia. Rousseau desarrolla justamente esta posibilidad
negada. La persona pública, el yo común, que surge de la asociación es a la vez
el Estado y el pueblo. "Esta persona pública que así se constituye con la
unión de todos tomaba el otro tiempo el nombre de ciudad y ahora toma el de
República o cuerpo político, el cual es llamado por sus miembros Estado cuando
es pasivo, Soberano cuando es activo Respecto a sus asociados, toma
colectivamente el nombre de Pueblo"52.
El Estado democrático
rusoniano es el pueblo convertido en sujeto colectivo que se autogobierna. El
acto de asociación le otorga "su unidad, su yo común, su vida y su voluntad".
La integración de los individuos al Estado no implica una subsumisión
anuladora, subordinación o sumisión, como en Hobbes. Este "cuerpo moral y
colectivo" no es el gigante mecánico del Leviatán. Podría entenderse como
un todo-de-partes, como dicen los dialécticos, constituido por la relación
interna de los ciudadanos entre sí, análoga a la amistad que hace surgir una
nueva totalidad que conserva y potencia la individualidad de los sujetos.
Rousseau parece haber
redescubierto la idea aristotélica de que la amistad entre los ciudadanos
integra la ciudad. "La amistad parece vincular ciudades y podría creerse
que los legisladores la toman más a pecho que la justicia. La concordia, en
efecto, parece tener cierta semejanza con la amistad, y es a ella a la que las
leyes tienden de preferencia, así como, por el contrario, destierran la
discordia como la peor enemiga. Donde los hombres son amigos, para nada hace
falta la justicia. La más alta forma de justicia parece ser una forma
amistosa"53. La crítica roussoniana a los efectos de la competencia
económica, de la desigualdad, y sus propuestas económicas se orientan a la
creación de condiciones de concordancia y "amistad cívica", como la
ha denominado Jacques Maritain. El proyecto democrático de Rousseau no se
reduce al campo político, requiere de una cultura democrática cimentada en una
nueva educación y de una economía política adecuada. Rousseau no quiere reducir
las diferentes dimensiones sociales a la política, puesto que posee una clara
intuición del carácter integrado del fenómeno social. "La primacía de lo
político" en Rousseau podría entenderse de modo análogo que en
Aristóteles. Es decir, la política es la ciencia práctica superior porque ella determina
las condiciones de las otras formas de práctica social.
La constitución del nuevo
"estado ético-político" significa la superación efectiva del hombre
natural y el desarrollo de la moralidad y la sociabilidad. "Este tránsito
(passage) del estado de naturaleza al civil produce en el hombre un cambio muy
notable, sustituyendo en su conducta el instinto por la justicia y dando a sus
acciones la moralidad que les faltaba. El hombre que hasta entonces no se había
mirado más que a sí mismo, se ve obligado a proceder conforme a otros
principios, y consultar su razón antes que escuchar sus inclinaciones
(penchants). Sus facultades se ejercitan al desarrollarse, sus ideas se
amplían, sus sentimientos se ennoblecen. Lo que el hombre pierde por el
contrato social es su libertad natural y un derecho ilimitado a todo lo que
pueda conseguir. Lo que gana es la libertad civil y la propiedad de todo lo que
posee"54.
El nuevo "cuerpo moral
y colectivo" se denomina "República". Cuando es pasivo, sus
miembros le llaman "Estado" y cuando es activo "Soberano",
es decir, cuando el pueblo está reunido. Los ciudadanos son miembros del
Soberano y a la vez deben respetar sus decisiones. "Cada uno está
comprometido con un todo o una colectividad de la cual forma parte, que en el
momento del pacto, tenía sólo una existencia virtual"55. En Carta a
D'Alambert afirma la identidad entre los "soberanos" y
"súbditos", que son los mismos ciudadanos en funciones diferentes.
Las leyes que el soberano se imponga a sí mismo son todas revocables, incluso
el contrato social. Sin embargo, no puede obligarse a nada que se oponga al
contrato social que le dio origen, es decir, no puede enajenarse ni siquiera
parcialmente ni someterse a otro soberano. El Soberano no puede tener intereses
contrarios a los ciudadanos, ni requiere garantía frente a sus súbditos, porque
no puede perjudicar a ninguno. Cada individuo puede tener una voluntad
particular diferente u opuesta a la voluntad general que tiene como ciudadano,
pero no puede desobedecerla porque forma parte de ella. La sujeción a la ley,
el Estado de derecho democrático, es el único que libera de toda dependencia
personal.
El libro II de El contrato
social está dedicado a la soberanía popular, la voluntad general y la ley. Su
importancia no es menor que el primero consagrado a la crítica de las doctrinas
autoritarias y a definir el carácter fundamental del contrato social. Este
Libro muestra, inequívocamente, que el "ideal político" rusoniano es
el del Estado de derecho democrático.
La soberanía popular no es
más que el ejercicio de la "voluntad general". En el manuscrito de
Ginebra escribe: "Hay, pues, en el Estado una fuerza común que lo
sostiene, una voluntad general que dirige esta fuerza y es la aplicación de la
una en la otra, ésta constituye la soberanía"56. Esta no puede enajenarse
y el Soberano no puede ser representado. Rousseau no niega que puedan existir
concordancias entre una voluntad particular y la voluntad general, pero este
acuerdo es inestable, no será "duradero y constante". Ambas formas de
voluntad tienen diferencias fundamentales. La voluntad particular "tiende
por naturaleza a las preferencias", al interés privado y al bien
particular. La voluntad general es la única que puede dirigir el Estado al bien
común; tiende a la igualdad, es general frente a los intereses particulares, y
solo ella puede realizar el bien público.
Esta distinción cuestiona el
supuesto fundamental de la teoría de la representación de Hobbes y Locke:
solamente una o varias voluntades particulares conocen el interés general y
pueden conducir la sociedad hacia este. Solo ellas poseen la capacidad de
representar a todos los ciudadanos, puesto que el pueblo carece de la aptitud
de autogobernarse. Esta teoría de la representación es una concepción elitista
que atribuye exclusivamente a una minoría la capacidad de conocer el interés
común y la aptitud política para conducir al pueblo hacia este. Supone que los
intereses particulares de dicha elite coinciden con el interés general. Esta
teoría de la representación parece ser el correlato filosófico-político de la
tesis de la armonía de intereses de Locke y los fisiócratas. Rousseau completa
su argumento contra la versión autoritaria de la teoría de la representación
señalando: "Si el pueblo promete simplemente obedecer, se disuelve en ese
acto y pierde su calidad de pueblo. En el instante en que hay un amo ya no hay
soberano, entonces el cuerpo político está destruido"57.
Este texto es una importante
refutación a la interpretación de Rousseau como un fundador del pensamiento
totalitario. Existe una contradicción indudable con el pensamiento
nacional-socialista de Adolf Hitler y Carl Schmittt. Dice el primero: "la
democracia es el instrumento de la dominación judía. A esta concepción se opone
la de la verdadera democracia alemana, el jefe libremente elegido debe reclamar
la responsabilidad entera de todas sus acciones. Esta democracia no admite que
todos los problemas sean resueltos con el voto de una mayoría. Uno solo decide
y enseguida es responsable de su decisión con sus bienes y su vida"58.
Schmitt diferencia el "Estado legislativo" del "Estado
gubernativo". El primero corresponde al Estado de derecho, es un Estado
regido por normas impersonales. El derecho se manifiesta como ley y su legitimidad
descansa en su legalidad. "En el polo opuesto al Estado legislativo está
el Estado gubernativo, que encuentra su expresión característica en la voluntad
soberana y el mando autoritario de un jefe de estado que ejerce personalmente
el gobierno"59. En su concepción del "Estado total del Führer",
la unidad política se compone de tres elementos diferenciados pero unidos: el
Estado, el partido y el pueblo. El principio integrado es el de la jefatura
(Führerprinzip), por el cual el Jefe del partido es Jefe del Estado y del pueblo.
El "toma las decisiones políticas decisivas a las que quedan sometidos
tanto el Estado como el pueblo, es decir, tanto las estructuras militar,
administrativa y judicial como las económicas y sociales"60.
En la concepción política
rusoniana no hay ninguna figura equivalente a la del Conductor (Duce, Führer o
Caudillo), y existe la explícita intención de excluirla. Carl Friedrich y
Zbigniew Brzezinski han intentado encontrarla en la figura del legislador de El
contrato social. Brzezinski escribe: "Puede demostrarse que el concepto
rusoniano de la democracia total se presta fácilmente a degenerar en dictadura
total cuando el legislador deja de ser educador y se convierte en gobernante
permanente que procede o intenta proceder a nombre del pueblo"61. Para Rousseau,
"esa función particular" no es una magistratura, ni soberanía, y el
legislador puede ejercer ninguna función gubernativa, "quien manda en los
hombres, no debe mandar en las leyes, y el que manda en las leyes no debe
mandar a los hombres, de lo contrario sus leyes, ministros de sus pasiones, no
harían otra cosa que perpetuar sus injusticias, y jamás podría él evitar que
visiones particulares alterasen la santidad de su obra"62. El legislador
solo propone las leyes, el pueblo decide. "El que redacta las leyes no
tiene, pues, ni debe tener, ningún derecho legislativo, y el pueblo mismo no
puede, aunque quiera, despojarse de ese derecho intransferible"63. Podría
decirse que, pese a las palabras de Rousseau, el peligro subsiste. Sin duda,
muchas concepciones políticas pueden ser usadas como justificación de un
régimen autoritario. Esto puede hacerse incluso con la de carácter
inequívocamente democrático, contrariando su sentido fundamental. Sin embargo,
dicha instrumentalización no transforma el carácter de dicha concepción, ni la
convierte en una teoría autoritaria.
La soberanía es indivisible,
"es simple y una y no puede dividirse sin destruirse"64. Esto se debe
a que la voluntad o es general y del cuerpo del pueblo, o es solo la de una
parte de él. Rousseau aclara que la soberanía no significa siempre unanimidad,
sino que "todas las voces deben ser tenidas en cuenta; toda exclusión
formal rompe la generalidad"65. Cuestiona la concepción de la división de
los poderes del Estado de Locke. La considera una concepción mecánica y
agregatoria del soberano. Las distintas funciones son "emanaciones"
de la autoridad soberana. Para Rousseau, el poder de legislar es la esencia de
la soberanía y debe ser ejercido directamente por el Soberano. Todas las otras
formas de poder estatal son "derechos subordinados", incluso el poder
ejecutivo. Su ejercicio puede ser confiado a representantes. Esta distinción
plantea el problema del carácter de la democracia rusoniana. Su principio es la
soberanía popular; la forma de gobierno depende si se delegan o no los
"derechos subordinados".
La diferencia entre voluntad
general y particular no es suficiente para caracterizar la primera. Ella no
debe ser confundida con la "voluntad de todos". "A menudo hay
mucha diferencia entre la voluntad de todos y la voluntad general. Esta no
tiene en cuenta sino el interés común, y la otra se orienta al interés privado,
y es la suma de voluntades particulares, por ello rara vez coinciden.
Constituye un signo de decadencia del Estado cuando la voluntad general no es
más que la voluntad de todos"66. La voluntad general aparece si en la
voluntad de todos quitamos los menos y los más que se anulan entre sí "y
queda por suma de las diferencias la voluntad general"67. En una nota
agrega una diferencia importante. El interés común se forma por oposición a los
intereses de cada uno. Podríamos decir que la voluntad general se constituye
por oposición a las voluntades particulares, y la voluntad de todos no es más
que su agregación. Pero, la relación entre ambas formas de voluntad no aparece
clara en estos textos.
Rousseau atribuye a la
voluntad general el carácter de siempre recta y siempre tendiente a la utilidad
pública, aunque las deliberaciones del pueblo no siempre tengan esas
características. "Siempre se quiere el propio bien, pero no siempre se le
ve; jamás se corrompe al pueblo, pero a menudo se le engaña, y sólo entonces es
cuando parece querer su mal"68. El problema no es práctico, pues cada vez
que la experiencia muestre que la decisión del pueblo fue adecuada a la
utilidad pública, diríamos que se realizó por voluntad general. En caso
contrario, diremos que las deliberaciones del pueblo fueron producto del
engaño69. ¿Por qué atribuye infalibilidad a la voluntad general? Joseph Moreau
cree ver en la concepción rusoniana la influencia de Diderot y Malebranche70.
Para el primero la voluntad general sería como un "acto puro del
entendimiento" y poseería la infalibilidad de la intuición cartesiana.
Para Malebranche, Dios no actúa a través de voluntades particulares, pues no
corresponde a su sabiduría, sino por medio de leyes simples, uniformes y
constantes, que son las voluntades generales. La probable inspiración religiosa
de esta concepción de la voluntad general correspondería a sus profundas
convicciones religiosas expresadas en Emilio71.
La formación de la voluntad
general requiere que los ciudadanos estén bien informados y deliberen, sin
concertarse en grupos de opinión o asociaciones. La voluntad de dichas
asociaciones sería general para sus miembros y particular respecto al Estado.
La votación, entonces, no expresaría la voluntad de los votantes individuales,
sino solo la de las asociaciones. Si una de ellas por su tamaño se impone sobre
las demás, entonces desaparecería la voluntad general y regiría una opinión
particular. Rousseau piensa que deben impedirse dichas asociaciones. En caso
contrario, se debería multiplicar su número para evitar el efecto mencionado.
Se produce aquí una ruptura profunda entre el pensamiento político rusoniano y
el liberalismo, puesto que el pluralismo político y social es uno de sus
principios.
Podemos ahora referirnos a
la crítica sobre el "poder absoluto" de la voluntad general sobre los
ciudadanos. El Soberano de Rousseau no es un funcionario del Estado, ni tiene
el mismo poder del Leviatán hobbesiano, y hay otras diferencias. Primero,
Rousseau señala que "además de la persona pública, debemos considerar las
personas privadas que lo componen, y cuya vida y libertad son naturalmente
independientes de ella"72. En un texto citado decía: "por más que los
ciudadanos se llamen a sí mismos miembros del Estado no podrán unirse a él como
los miembros al cuerpo, es imposible conseguir que cada uno de ellos deje su
existencia individual e independiente"73. Segundo, lo que cada uno enajena
en el contrato social de su poder y sus bienes, de su libertad, es solo una
parte que es la que requiere la constitución de la comunidad. El hombre puede
disponer libremente de sus bienes y libertad que no estén comprometidos en las
convenciones generales. El Soberano es juez de su magnitud. Tercero, este no
puede exigir lo innecesario, pues dicha exigencia se haría extensiva a todos
los ciudadanos, es decir, a los mismos miembros del Soberano. La obligatoriedad
de los compromisos que nos relacionan al cuerpo social proviene de la
reciprocidad. El pacto social establece la misma igualdad de derechos para
todos. "Un acto de soberanía no es una convención de un superior con el
inferior, sino una convención del cuerpo con cada uno de sus miembros"74.
La voluntad general no se
ejerce "sobre un objeto particular", ni sobre algunos particulares,
"la materia sobre la cual se estatuye es general como la voluntad que
estatuye". Este acto por el cual "todo el pueblo estatuye sobre todo
el pueblo lo llamo una ley"75. Su generalidad significa que esta se
refiere al conjunto de los súbditos y considera sus acciones como abstractas.
La soberanía del pueblo consiste en hacer y decidir las leyes que como actos de
la voluntad general son indelegables. "Lo que el Soberano ordena sobre un
objeto particular no es una ley sino un decreto, no es un acto de soberanía,
sino de magistratura"76. En este aspecto fundamental, Rousseau es heredero
de la idea de Locke del Estado de derecho, pero concibiéndolo de modo diferente.
Para Rousseau la soberanía
del pueblo se realiza en la ley, en el marco del Estado de derecho. La
legitimidad de la ley exige que el pueblo sea su autor, en el sentido de que
decide sobre ellas. Corresponde al ya mencionado legislador proponer las leyes.
Rousseau no usa el concepto de Estado de derecho sino el de república.
"Llamo República a todo Estado regido por leyes, cualquiera sea su forma
de administración (gobierno), porque sólo entonces gobierna el interés público.
Todo Gobierno legítimo es republicano, enseguida explicaré lo que es el
gobierno"77.
La distinción entre "el
principio de gobierno" y "la forma de gobierno" es relevante en
su filosofía política. Pero, Rousseau no ha facilitado la comprensión de esta
distinción al usar el término "gobierno" y "gobernar" en
sentidos diferentes. El enunciado clave es "todo gobierno (gouvernement)
legítimo es republicano". Señala en una nota aclaratoria: "no
entiendo solamente por esta palabra una aristocracia o una democracia, sino en
general todo gobierno guiado por la voluntad general, la cual es la ley. Para
ser legítimo no es necesario que el gobierno se confunda con el soberano, sino
que sea su ministro; entonces la monarquía misma es república. Esto se aclarará
en el libro siguiente"78.
En la época de Rousseau la
clasificación más usual de los gobiernos era la de monarquía, aristocracia y
democracia. Rousseau la conserva y le dedica varios capítulos del libro III.
Pero, su preocupación central no es la de las "especies" de gobierno,
como les llama, sino los "géneros" o principios legítimos de
gobierno. Por una parte, encontramos los gobiernos fundados en diversos
principios (la fuerza, un supuesto derecho natural, convenciones de sumisión,
etc.) que carecen de legitimidad. Están regidos por voluntades particulares que
no pueden alcanzar el interés general. De otra, está la república, basado en el
contrato social recíproco por el que se constituye la voluntad general, la que
se expresa a través de la ley. Solo ella está orientada por el interés público79.
En el Libro II, Rousseau
explicita lo que entiende por gobierno en el sentido de administración
superior; caracteriza las tres principales formas de este, y muestra su
preferencia por una de ellas. En el cuerpo político hay que distinguir la
fuerza de la voluntad. La primera constituye el llamado "poder
ejecutivo", la segunda es el "poder legislativo". Aunque el
pueblo no puede delegar la soberanía, la cual consiste básicamente en la
capacidad de legislar, sin embargo, el Soberano puede nombrar ministros que a
través de actos particulares hagan cumplir las leyes. "¿Qué es, pues, el
gobierno? Un cuerpo intermedio establecido entre los súbditos y el Soberano
para su mutua correspondencia, encargado de la ejecución de las leyes, y del
mantenimiento de la libertad tanto civil como política"80. Los miembros de
ese cuerpo se denominan "magistrados" o "gobernantes". Su
función "no es más que una comisión, un empleo en el cual no son más que
simples oficiales del Soberano, y en su nombre ejercen el poder del que son
depositarios, y que él puede limitar, modificar y recuperar cuando lo desee,
pues, es incompatible la enajenación de tal derecho con la naturaleza del
cuerpo social, y contraria al objetivo de la asociación"81. Hay,
claramente, dos sentidos del término "gobierno". En el primero
significa el ejercicio de la voluntad general, es decir, soberanía; en esta
aceptación "todo gobierno legítimo es republicano". En el segundo, el
gobierno es la "suprema administración" y el poder ejecutivo es
mandatario del Soberano.
El criterio para diferenciar
las especies de gobierno es la relación entre la cantidad de los magistrados y
la extensión del pueblo. Se plantean tres posibilidades. La primera, es que el
Soberano delegue el gobierno, el poder ejecutivo, a todo el pueblo o la mayor
parte del mismo, por tanto, habrá mayor cantidad de magistrados que ciudadanos
privados. Esta es la democracia. Otra posibilidad es que los magistrados sean
pocos y siempre habrá más ciudadanos que ellos. Esta modalidad es la
aristocracia. Finalmente, podría haber un solo magistrado. Este es el gobierno
real o monarquía.
Rousseau se muestra
extremadamente crítico respecto a la forma de gobierno democrático, en el cual
el poder legislativo se une al ejecutivo, es decir, el "príncipe", el
conjunto de magistrados, es el Soberano. Esta forma correspondería a la
"democracia directa". La caracteriza como "un gobierno sin
gobierno", donde "el mayor número gobierna y el menor es
gobernado". Los asuntos públicos estarían influenciados por los intereses
particulares y el pueblo abusaría del gobierno. Finalmente, señala que
requeriría condiciones excepcionales: un Estado muy pequeño; pocos ciudadanos
que se conozcan entre sí y fueran fáciles de congregar; escasas desigualdades
de rango y fortuna; y nada de lujo y sencillez de costumbres. Sería la forma de
gobierno más inestable y proclive a "guerras civiles y agitaciones
intestinas", pues tendería continuamente a cambiar de forma y exigiría
máxima vigilancia y valor para mantenerse. "Si hubiera un pueblo de
dioses, se gobernaría democráticamente. Un gobierno tan perfecto no conviene a
los hombres"82.
La opción que nos propone es
la del gobierno aristocrático electivo, en lenguaje actual: una democracia
semidirecta o participativa, en la cual el poder de legislar es ejercido
directamente por el pueblo y el ejecutivo estaría en manos de magistrados
elegidos. "Este gobierno limita los magistrados a un pequeño número, y no
se convierten en tales sino por elección, medio por el cual la probidad, las
luces, la experiencia y todas las demás razones de preferencia y de estimación
pública, son otras tantas nuevas garantías de que uno será sabiamente
gobernado. En una palabra, es el mejor orden y el más natural que los más
sabios gobiernen la multitud, cuando se está seguro de que la gobernarán en
provecho de ella y no del suyo en particular"83.
Elementos de una
interpretación
"Nadie hizo más que
Rousseau para dramatizar la agonía de la fragmentación personal o buscó tan
fanáticamente como él los modos de terminarla. Su propósito constante fue
encontrar un marco, un orden, en el cual, como lo pone en el Emile "seré
yo mismo, sin contradicción, sin división".Martin Jay84
Rousseau es el primer gran
crítico del liberalismo clásico inglés y de la Ilustración francesa85. Más aun,
su obra significó un hito en la historia del pensamiento, pues abrió un amplio
espacio teórico desde el que surgió una diversidad de nuevas formas de
pensamiento. Se ha dicho, con una plausible argumentación que fue el fundador
del romanticismo86, del anarquismo y del socialismo. Realizó la primera crítica
profunda del orden social, político y económico de la sociedad moderna en
proceso de formación. En ella, planteó, lúcidamente, el problema de la
fragmentación social y la necesidad de superarlo, potenciando la dimensión
comunitaria de la sociedad87. Desde allí, fundó la antropología, según dijo
Levi-Strauss y la pedagogía crítica. Puso las bases de la sociología, y Marx,
Durkheim y Weber asumieron el análisis sobre la transición entre la sociedad
tradicional y la moderna, y la contraposición entre sociedad y comunidad.
Rousseau buscaba potenciar
la dimensión comunitaria de la sociedad, mediante la creación de un nuevo orden
político y educativo. Fundó una nueva tradición democrática participativa
basada en el principio de la soberanía popular, diferente a la de Locke, y su
concepción elitista y representativa. Esta supera, a la vez, las limitaciones
de la democracia exclusivamente representativa y también de la directa, que no
es posible en una sociedad moderna. Dhal, Pateman y otros teóricos de la
democracia participativa reconocen a Rousseau como un referente clásico.
Asimismo, su concepto de perfectibilidad proporcionó el fundamento para la
creación y desenvolvimiento de la corriente del liberalismo del autodesarrollo
de John Stuart Mill, John Dewey y otros.
Su pensamiento constituye un
cuestionamiento permanente a las teorías elitistas de la democracia,
actualmente predominantes, que excluyen o minimizan la participación política
permanente. Rousseau ha argumentado, convincentemente, que la democracia
republicana no puede reducirse a un método político, a un artificio destinado a
asegurar las condiciones políticas de la reproducción de la sociedad de
mercado, sino que constituye una forma de vida que concuerda y favorece el
desarrollo de las potencialidades humanas88. Por ello, no puede reducirse solo
al ámbito político; no puede ser verdadera democracia a menos que consiga
permear el conjunto de las instituciones públicas y privadas y todas las
relaciones sociales. Desde esta perspectiva, el problema de la calidad de la
democracia, de ser efectivamente autogobierno del pueblo, no depende solo de la
conservación y reproducción de las condiciones del equilibrio político, ni es
solo el resultado exitoso de pactos políticos y sociales. Requiere de la
constitución y desarrollo de una cultura democrática, de un orden simbólico,
que se exprese en la educación, los medios comunicativos, la organización de la
cultura y sobre todo en la experiencia cotidiana de todos. La democracia
participativa es la organización de la decisión colectiva en un proyecto de
"buena vida" para todos, que requiere y favorece una situación de
comunidad comunicativa abierta. El imaginario democrático republicano inaugurado
por Rousseau continúa siendo el de una comunidad de hombres libres e iguales,
donde el libre desarrollo de cada uno es condición del libre desarrollo de
todos. Sus principios corresponden, según Habermas, a "el contenido
normativo de la modernidad", el autodesarrollo, la autonomía y el
autogobierno.
Notas
*Este artículo es una
contribución al proyecto: "La articulación entre éticas del desarrollo y
teorías democráticas participativas (deliberativas). Una
investigación-reflexión", N° 1120141 de FONDECYT, que estamos realizando
con Raúl Villarroel del Departamento de Filosofía de la Universidad de Chile.
Agradezco la revisión del texto de Marcos García de la Huerta, Director de esta
publicación. En una futura versión querría incorporar la notable interpretación
de Hermes Benítez de Rousseau como filósofo de la fragmentación social.
1 Rousseau, Jean-Jacques,
"Préface" de "Narcisse" en OC, tomo II, 1991, p. 970.
2 Rousseau, Jean-Jacques,
"Les confessions", livre neuvième, OC, tomo I, 1976, p. 404.
3 Rousseau, Jean-Jacques,
"Discours sur l'origine...", OC, tomo III, 1964, p. 190. Me he basado
en este párrafo en la traducción de Sebastián Masó en Rousseau, Escritos de
combate, 1979, p. 206.
4 Rousseau, Jean-Jacques,
"Discours sur l'origine...", OC, tomo III, 1964, p. 190. (Cita de la
traducción de este libro en Escritos de combate, Alfaguara, Madrid, 1979, p.
206).
5 Rousseau, Jean-Jacques,
"Discours sur l'origine...", OC, tomo III, 1964, p. 191 (Cita de la
traducción de este libro en Escritos de combate, Alfaguara, Madrid, 1979, p.
207).
6 En la época se decía
que lo que conviene a los comerciantes conviene a Inglaterra. Vd. Laski, Harold
(1939), El liberalismo europeo.
7 Rousseau, Jean-Jacques,
"Discours l'origine...", OC, tomo III, 1991, p. 112.
8 Rousseau, Jean-Jacques,
"Du contrat social ou Principes de droit politique", OC, tomo
III,1991, p. 351.
9 El tema de la libertad,
recuerda Hayek, aparece en el derecho romano como herencia. "El hombre, al
menos el hombre europeo, ene en la historia dividido en libre y esclavo",
en Hayek, Friedrich, Los fundamentos de la libertad, p. 33.
10 Rousseau,
Jean-Jacques, "Discours sur l'origine", OC, tomo III, 1991, p. 141.
11 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social..., OC, tomo III, 1991, p. 356. Estas
citas cuestionan la interpretación de Sabine que diferencian la tradición
inglesa de la democracia fundada por Locke basada en la libertad, y la francesa
inaugurada por Rousseau fundada en la igualdad. Vd. Sabine, George (1962).
12 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social..., OC, tomo III, 1991, p. 351.
13 Rousseau,
Jean-Jacques, "Lettres écrites de la montagne", OC, tomo III, 1991,
pp. 842 y 843.
14 Rousseau,
Jean-Jacques, "Lettres écrites de la montagne", OC, tomo III, 1991,
pp. 841 y 842.
15 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social", OC, tomo III, 1991, p. 351.
16 Rousseau,
Jean-Jacques, Emilio, (cit. por Kosselleck, Reinhart, Crítica y crisis del
mundo burgués,1965, pp. 287- 288). Este historiador de las ideas advierte que
"el término "revolución" en elsiglo XVIII era un concepto
extra-político o supra-político, indirectamente político", p. 288.
17 Friedrich, Carl J.
(1955), La filosofía del derecho, 1980, pp. 181 y 182.
18 Se puede relacionar la
concepción absolutista con la del imperium en el derecho romano imperial. Dice
Ulpiano que "el pueblo confiere a él (al emperador) y en sus manos todo su
imperio y poder" (Cit. por Mondolfo, Rodolfo (1943), Rousseau y la
conciencia moerna, p. 79).
19 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, p. 352.
20 Platón, Gorgias, 493 d
y e, Ed. Clásicos Políticos, Madrid, 1951, p. 59.
21 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, p. 354.
22 Filmer, Robert,
Patriarca o el poder natural de los reyes en Filmer, Robert y Locke, John, y
Primer libro sobre el gobierno, 1966.
23 Aristóteles, Política,
1254 a y b, 1951, pp. 7 y 8.
24 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social", OC, tomo III, 1991, p. 353.
25 Hegel, G. La
fenomenología del espíritu.
26 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social", OC, tomo III, 1991, p. 355.
27 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social", OC, tomo III, 1991, p. 355.
28 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social", OC, tomo III, 1991, p. 355.
29 Ídem, pág. 356.
30 Constant, Benjamín
(1957), "De l'esprit de la conquête et de l'usurpation dans leurs rapports
avec la civilization européene", Second Partie, cap. VI et VII, en
Oeuvres.
31 Macpherson, Crawford
(1962), La teoría política del individualismo posesivo, 1970.
32 Hobbes, Thomas,
Leviatân, cap. XIV, pp. 235 y 236.
33 Rousseau,
Jean-Jacques, "Que l'état de guerre nait de l'état social" OC, tomo
III, 1991, p. 602.
34 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social", OC, tomo III, 1991, p. 358.
35 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social", OC, tomo III, 1991, p. 359.
36 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social", OC, tomo III, 1991, p. 360.
37 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social", OC, tomo III, 1991, p. 360.
38 Aranguren, José Luis
(1968), Ética y política, pp. 144 y 145.
39 Rousseau,
Jean-Jacques, "Discours sur l'économie politique", OC, tomo III,
1991.
40 Rousseau,
Jean-Jacques, "Emile", libro primero, OC, tomo IV, 1990, p. 250.
41 Rousseau,
Jean-Jacques, "Emile", libro primero, OC, tomo IV, 1990, p. 249.
42 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social", OC, tomo III, 1991, p. 381, y
"Emile", OC, tomo IV, p. 249.
43 Rousseau,
Jean-Jacques, "Que l'état de guerre nait de l'état social", OC, tomo
III, 1991, p. 606.
44 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social", OC, tomo III, 1991, p. 360.
45 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social", OC, tomo III, 1991, p. 361.
46 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social", OC, tomo III, 1991, p. 361.
Rousseau está consciente de que si las diferencias económicas y sociales entre
los individuos fueran muy profundas no sería posible que se constituyera este
pacto. Por eso, en el Discours sur l 'économie politique, estima que deben
limitarse las desigualdades económicas.
47 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social", OC, tomo III, 1991, p. 361. Se ha
usado aquí la traducción de Salustiano Masó, en Escritos de combate, p. 411. La
primera versión de Du contrat social del manuscrito de Ginebra emplea la
expresión "inalienable" en vez de "indivisible". Cfr.
"Notes et variantes", p. 1446.
48 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social", OC, tomo III, 1991, p. 361. La
expresión "voix" significa tanto "voces" como
"votos".
49 Hegel, Georg W.,
Principios de filosofía del derecho, p. 285.
50 Hobbes, Thomas,
Leviatán, cap. XVI, p. 257.
51 Mondolfo, Rodolfo
(1943), Rousseau y la conciencia moderna, 1943, p. 84.
52 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, pp. 361 y
362.
53 Aristóteles, Ética
nicomaquea, libro VIII, i, 4, 1954, p. 471.
54 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, pp. 364 y
365. Esta cita demuestra la superioridad que Rousseau otorga al estado civil
respecto al natural.
55 Derathé, Robert,
"Notes et variantes "Du contrat social..." OC, tomo III, 1991,
pág. 1447.
56 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social..." (1e. version), OC, tomo III,
1991, p. 294.
57 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991.
58 Hitler, Adolfo, Mi
doctrina, 1939, p. 15.
59 Schmitt, Carl (1932),
Legalidad y legitimidad, 1971, p. 7.
60 Fijalkowski, Jürgen
(1959), La trama ideológica del totalitarismo. Análisis crítico de los
componentes ideológicos en la filosofía política de Carl Schmitt, 1966, p. 243.
61 Brzezinski, Zbigniew
(1956), Dictadura totalitaria y autocracia, 1975, p. 139.
62 Rousseau, Jean-Jacques,
"Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, p. 382.
63 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, p. 383.
64 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, p. 427.
65 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, p. 427.
66 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, p. 371.
Derathé, Robert opina que "es necesario que la voluntad general, sin
embargo, sea al principio la voluntad de todos, sin lo cual no se comprende
como al obedecer la voluntad general, los ciudadanos obedezcan "su propia
voluntad", p. 1456.
67 Rousseau,
Jean-Jacques, âDu contrat social...â, OC, tomo III, 1991, p. 371.
68 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, p. 371.
69 Para Habermas, la
voluntad general es una construcción discursiva producto de la formación de
consensos mediante proceso comunicativos. Para Hinkelammert los contenidos
delbien común se explicitan analizando los efectos destructivos de la aplicación
de interesesparticulares.
70 Moreau, Joseph (1973),
Rousseau y la fundamentación de la democracia, 1977.
71 Ha habido una
revalorización de las concepciones metafísicas de Rousseau,
criticadasacerbamente por Voltaire y muy valoradas por Kant.
72 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, p. 373.
73 Rousseau,
Jean-Jacques, "Que l'état de guerre nait de l'état social", OC, tomo
III, 1991, p. 606.
74 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, p. 375.
70 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, p. 379.
76 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, p. 379.
77 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, pp. 379 y
380.
78 Rousseau, Jean-Jacques,
"Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, p. 380.
79 Esta clasificación fue
usada por Montesquieu, Charles, El espíritu de las leyes, Libro III. Es una
modificación de la de Aristóteles en Política, Libro VI, que diferencia
"tres regímenes justos, la monarquía, la aristocracia y la
república", 1289 a 25 a 30, p. 168.
80 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, p. 396.
81 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, p. 396.
82 Rousseau, Jean-Jacques,
"Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, p. 406.
83 Rousseau,
Jean-Jacques, "Du contrat social...", OC, tomo III, 1991, p. 407.
84 Jay Martin, Marxism
and totality (cit. por Benítez, Hermes (1996), "Jean-Jacques Rousseau y su
lucha contra la fragmentación", Estudios Sociales N° 89, Santiago, p.
213).
85 Manet, Pierre,
Histoire intellectuelle du libéralisme, 1987.
86 Priestley, J. B
(1960), Literatura y hombre occidental, cap.10.
87 Vd. El excelente
artículo de Benítez, Hermes, "Jean-Jacques Rousseau y su lucha contra la
fragmentación", 1996.
88 Dos de los más
importantes teóricos de la concepción elitista de la democracia, Schumpeter y
Hayek, han explicitado su radical desacuerdo con Rousseau. Vd. Vergara Estévez,
Jorge, "La concepción de la democracia de Schumpeter y Hayek",
República, liberalismo y democracia, Marcos García de la Huerta, ed., 2011.
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