Por Miguel Ángel Domenech Delgado (*)
En nuestros días puede afirmarse sin dificultad que el
republicanismo ha adquirido carta de naturaleza en la reflexión política. En
efecto, se tiene identificada su especificidad y personalidad propia como
teoría política y como praxis de manera que ha quebrado el monopolio que
parecía final de la historia entre las
únicas realidades políticas reconocibles
liberalismo o socialismo. Incluso en el
interior de estas dos se ha reconocido deudas básicas con aquella perspectiva autónoma
y que ha configurado milenariamente la práctica
y la propuesta política en la historia
de occidente.
El
pensamiento político actual ya no puede prescindir de aquella aportación en cualquiera
de los desarrollos contemporáneos que emprende. Es destacable a este respecto,
no obstante, que los desarrollos e implicaciones de la concepción republicana
de la política se han dirigido mas bien
, tanto en el ámbito de la teoría como de la praxis, a inspirar
propuestas y realizaciones consistentes en “ sanear” las insuficiencias de la democracia
dominante, es decir de la democracia representativa. La inspiración republicana,
se usa para subrayar la necesidad de acentuar los aspectos participativos y deliberativos
del funcionamiento de nuestras democracias occidentales. La critica- de inspiración republicana- de las insuficiencias de la democracia se ha planteado
como una reparación de un sistema y funcionamiento políticos que, en tanto que fin de la historia, podría únicamente “enriquecerse” con elementos sacados de iniciativas de inspiración republicana. Las propuestas del republicanismo se han visto desde un paternalismo benevolente de quien ya posee todas las certezas por situarse en un orden histórico superior como propuestas de cierto ingenuo primitivismo político dignas de una consideración marginal y excéntrica entre exaltadas, desmedidas y de aplicación anacrónica.
como una reparación de un sistema y funcionamiento políticos que, en tanto que fin de la historia, podría únicamente “enriquecerse” con elementos sacados de iniciativas de inspiración republicana. Las propuestas del republicanismo se han visto desde un paternalismo benevolente de quien ya posee todas las certezas por situarse en un orden histórico superior como propuestas de cierto ingenuo primitivismo político dignas de una consideración marginal y excéntrica entre exaltadas, desmedidas y de aplicación anacrónica.
Algunas “deconstrucciones” de conceptos, algunos
experimentos participativos,…pero no se plantean ni se propone ninguna
demolición critica de carácter revolucionario a pesar de que fundamentalmente
puede afirmarse que la concepción republicana de lo político es radicalmente
opuesta a la concepción liberal, si es que concepción liberal de lo político
existiese dado que para el liberalismo lo genuinamente humano es lo no-político. Lo
que afirmaba Cristopher Caudel de la burguesía: “La ilusión burguesa mas profunda e inextirpable es que el hombre es
libre, no a través, sino a pesar de las relaciones sociales” (1) puede aplicarse sin reparos
a la concepción fundamentadora del pensamiento
e instituciones liberales de todo género.
Desde el lado opuesto, es decir para el republicanismo, república es la
única categoría de lo político. No existe polis ni puede llamarse política lo
que no es construcción de un mundo
normativo común, un espacio creado y funcionando por todos. El espacio político
que configura la democracia liberal no es sino “vacas paciendo en el mismo
prado”, que describía Aristoteles en tanto
que lugar, no de desarrollo moral sino de simple competencia de intereses individuales, lugar de poder, sitio donde
operan aquellos en los que se ha delegado y abandonado la obligación
moral de autogobernarnos a nosotros mismos para poder ser libres.
La
radicalidad constitutiva de la perspectiva del republicanismo no encuentra plasmación en propuestas políticas de programas que se
jactan en llamarse republicanos. Instituciones como el sorteo para la provisión de cargos
políticos que históricamente ha sido uno
de los ejes de fundamentación organizativa
de repúblicas e incluso su rasgo definitorio - como señalaba Montesquieu- y su presencia milenaria
en la historia de las
ciudades y colectivos de todo genero
eclesiásticos, profesionales, académicos, municipales,…., se considera como formando
parte de un gabinete de curiosidades. El mandato imperativo y la revocación son
excluidas fuera del mundo de lo posible como si utopías de la isla de Hitlodeo
se tratase. En ninguna cabeza parece caber que los mandatos de más de un
año que nosotros consideramos inevitables han sido una anomalía histórica y que se han
dado habitualmente en organizaciones y
sociedades complejas mandatos y cargos de cumplimiento de un solo mes e incluso
de un solo día.
El problema del rechazo del mandato breve no
es consecuencia de la complejidad creciente de nuestras sociedades, pues
en regímenes de una reglamentación minuciosa
e institucionalmente y jurídicamente complicadas ha sido una normalidad. Véase
el propio funcionamiento de la polis griega (2). El derecho romano, modélico del derecho de occidente, es una creación de una sociedad
política cuyo cargo supremo, la
presidencia de la republica, era anual,
irrepetible y compartido por dos personas, dos cónsules. El
arrinconamiento de la institución
republicana del mandato imperativo y breve al campo de anticuado e imposible
obedece a la misma lógica de que lo político debe de ser alejado del pueblo. El
pueblo, el demos, es una masa ignorante, sujeta a pasiones, irreflexiva
y susceptible siempre de ser manipulada por demagogos. Se hace necesario el gobierno
de los competentes, los selectos que realmente conocen lo bueno y lo justo,
siendo esta sabiduría no lo propio del discernimiento
moral que todo humano dispone y debe disponer por el hecho de serlo sino una complejidad
solo al alcance de los mejores. El desarrollo moral de las personas en su
responsabilidad en construir el mundo de las normas que han de han de regirse y
la definición del propio mundo que debe de ser está reservado solo a unos
pocos. No es una casualidad añadida que siempre son éstos, por cierto, los de mayor fortuna.
El
sorteo como forma de provisión de los
cargos públicos es una de las piedras angulares del sistema genuinamente
republicano. Es la expresión de la radical igualdad de todos en la participación en los asuntos públicos y
más allá de esta circunstancia electiva, significa que todos debemos tenernos
como dotados de igual discernimiento moral y dignidad considerando que es
inalienable el igual acceso al momento
alternativo en que unos deben mandar tras haber obedecido antes y tomar responsabilidades
tras haberlas exigido. A efectos de
eficacia, en nuestras modernas
sociedades, no le es reprochable ninguna
irracionalidad pues el sistema de sorteo
es matemáticamente similar al sistema aleatorio
que se desarrolla en las encuestas de opinión pero como si tal sistema de azar fuese
extendido al mayor numero. Contra la elección por sorteo tampoco es alegable el
argumento de incompetencia a menos que se postule la incompetencia moral que
sería execrable. El concepto de competencia técnica debe de ser predicado de
los técnicos – que “sirven objetivamente intereses generales”- como se establece
en las relaciones entre Administración Publica y política de nuestro derecho.
La
rendición de cuentas políticas, es decir la responsabilidad en el ejercicio del
mandato no tiene lugar ni es concebible en nuestras democracias que no
contemplan sino la responsabilidad penal. Esto es consecuencia del otorgamiento
de cheque en blanco y patente de
corso moral y política al representante
electo. Contrariamente a esta concepción, la “corrupción” política para el republicanismo
no es solo el cohecho y el soborno sino la ocupación privilegiada a intereses
privados en lugar de los públicos. Atender a la responsabilidad y el deber de
su conciencia en el ejercicio de un cargo público que tan a gala se tiene el
discurso del representante gobernante
nuestro es remitirse a su privacidad, es decir una
corrupción y una inversión de valores puesto que el cargo publico se ejerce por
y para realización de la voluntad
popular y no para el beneficio ni al juicio del particular que lo ejerce. El pueblo tiene
su conciencia y su voluntad propia. No es una masa irracional e inconsciente
que deba de ser suplantada por la conciencia superior del representante. La
verdadera rendición de cuentas debe versar sobre la fidelidad del mandatado al
mandato recibido. Por esta misma razón el mandato debe ser revocable en todo momento por iniciativa
popular pues la rendición de cuentas le alcanza siempre en cuanto que no se representa al ciudadano ni bien ni mal sino
que constantemente en republica, según
la formulación clásica de Aristóteles , quien gobierna, obedece y viceversa
Estas mismas propuestas constitucionales republicanas de incompatibilidades o brevedad del mandato no solo se dirigen a cumplir el fin de la mayor participación del mayor número. Se relacionan con aquella otra que contempla lo político con el reconocimiento realista de que fundamentalmente la democracia es el régimen que imponen los más desfavorecidos en la ciudad. Maquiavelo, se reconoce en esta tradición de las dos ciudades en la misma ciudad y un enfrentamiento que nace del ánimo de los poderosos y ricos en dominar y del pueblo en no ser dominado. La riqueza es, por lo tanto y por otra parte, afiliación al interés particular no al bien publico. La fortuna ni resulta de la adhesión al bien público ni se origina en el servicio a la polis. La republica advierte que los muchos y pobres, protagonistas de la democracia, deben desconfiar de la riqueza privada. Los desarrollos de una incompatibilidad republicana tendrían un alcance en este terreno a la manera quizás de una limitación censitaria de ejercicio de cargo público por excesiva riqueza, siempre sospechosa a los ojos políticos de un republicano.
Otra
institución olvidada y arrastrada a la subsidiariedad de lo secundario en el
mismo eclipse de lo republicano, es la forma colectiva de las instituciones de
gobierno. El consejo, la pluralidad de componentes y participantes en los
lugares republicanos de decisión solo ha
sido evocada con valor político central en la herencia revolucionaria que el
republicanismo legó a los movimientos populares obreros en al forma de soviet,
de consejo. El ejercicio de responsabilidad en la gestión de los asuntos
públicos por el propio público tiene su imagen en que todo ejercitante que administra
los asuntos comunes debe de ser asimismo un cuerpo plural. Es destacable que, salvo con el advenimiento del absolutismo, la gestión
de los asuntos colectivos era asunto de algún
órgano colectivo cuya elección de miembros, en la que entraba con relevancia la
insaculación, el sorteo, era tan compleja,
reglamentada y minuciosa que hoy nos llama la atención: cofradías, hamsas,
gremios, universidades, ciudades, asociaciones piadosas,….no eran nunca
espacios donde la individualidad del gobernante fuese relevante. Solamente el Pontífice
de la Iglesia Católica era la excepción y precisamente lo era por su fundamento
más lejano a lo político pues la
Iglesia, imagen del reino de Dios, no es de este mundo. Las reivindicaciones de la
preeminencia del Concilio frente al Papado personal fueron una constante entre
los teólogos más cercanos a la visón republicana de concebir la autonomía de lo
político con racionalidad secular propia,
y al mismo tiempo por el acento que ponían en el origen popular del poder como Marsilio de Padua,
antecedente en esta secularización de lo político que luego operaria Maquiavelo.
Por aquella
misma razón, las formas
asamblearias en política, también características republicanas desde sus antecedentes
clásicos, son despreciadas como indeseables en el pensamiento dominante. En
este rechazo convergen todos los argumentos que desvalorizan la propuesta republicana
en cuanto que republicano quiere decir propio del pueblo. Su fundamento es el habitual de la demofobia :
la ignorancia e irracionalidad del vulgo que no merece el uso de la palabra
docta, la reserva de las decisiones a los que saben, poseen y tienen, el desorden material y moral de las
multitudes. La necesidad de contener las pasiones del populacho se hace muy
aguda en los lugares precisamente más políticos: las ágoras y las plazas. En
esos lugares la ocasión de la palabra libre
es sospechosa puesto que la sabiduría solo se da, no en las razones
compartidas y discutidas sino que es privilegio de unos pocos que la reciben
como una revelación indiscutible. Se
hace preciso impedir que se den ni
siquiera espacios materiales de ocasión de pronunciamiento del pueblo que no es
sino rebelde masa informe a merced de
los demagogos sin la presencia de liderazgo que lo vertebre, o le guíe.
Detrás
de todo ello se sitúa una clásica agorofobia y verdadero odio a la democracia.
No es preciso extenderse mas sobre estas fobias de cuya origen y consecuencias
nos ilustran particularmente Jacques
Ranciere, o Francis Dupuis-Deri
Las
izquierdas de nuestros días plantean y observan el republicanismo desde esa
misma perspectiva paliativa de los males supuestamente necesarios de una política
inevitablemente configurada, por la
institución de la representación política. Están lejísimos de ni siquiera reconocer
aquello con lo que Bernard Manin inicia su clásico Principios del gobierno representativo: la democracia
representativa actual fue concebida por sus fundadores para evitar la democracia. Desarrollos reflexivos e historiográficos
de esta constatación abundan. No obstante parece como si se diese una
desconexión entre las reflexiones de una
radicalidad republicana y los compromisos y actuaciones políticas de una izquierda que no obstante se sigue diciendo renovada
por el republicanismo. Basta constatar el empeño cada vez más insistente en concentrar de manera casi exclusiva la actividad
política en el momento electoral y la actividad de los representantes como la
clave del éxito de una sociedad renovada por la emancipación que la izquierda
propone. Es paradójico que el rasgo de igualdad que es la seña de identidad del
“alma” misma de la izquierda, se deja de lado permanentemente en la actividad política
consistente en elegir a los que han de
dirigirnos, en nombrar “electos”, es
decir “selectos” en quienes se abandona la soberanía popular y en los que se delega
la política, es decir se delega la libertad. Política es hoy lo propio de algo diferente, de un cuerpo segregado y separado del pueblo,
sea en otra persona jurídica o en otras personas, pero no el pueblo mismo actuando
directamente. Política hoy es, no una cosa pública, una res pública sino un saber, una
techne propia de los que conocen, que exige una capacitación y especialización
que el común no tiene. La izquierda actual no atiende a los desarrollos genuinamente
republicanos que están a su alcance y en esto, como en tantas cosas, continúa
siendo únicamente la mano izquierda de un cuerpo de derechas.
Pero
no es esa la única paradoja. La contradicción entre la difusión y extensión del
pensamiento republicano, al menos de los que de él se reclaman y la penuria de
las propuestas institucionales y desarrollos consecuentes de ese pensamiento es
patente en otros muchos momentos y circunstancias políticas.
La
división de poderes y el sistema de checks
and balances que el constitucionalismo liberal ha traído
es considerado el buque insignia de la madurez política, el descubrimiento-joya
del constitucionalismo contemporáneo. Se ha pretendido configurar
como un acierto del “poder que limita al poder” evitando así el riesgo
de la dominación en política. Tras esta institución política volvemos a
encontrar aquella ilusión burguesa de que lo político no es una oportunidad y
lugar del desarrollo moral sino que es
ante todo un riesgo y un obstáculo, un mal necesario que es preciso reprimir ya
que no puede ser evitado. A esto se añade, que si no puede evitarse lo político,
al menos debe de ser evitado lo político en manos del pueblo.
Realmente
contra lo que se dirige la joya de la corona
del constitucionalismo liberal es contra la soberanía popular. En la configuración
de esta institución históricamente
volveremos a encontrar los argumentos ya enunciados propios de la demofobia.
Una panoplia jurídica debe de ser desplegada para contener lo público y su
expresión. Esa ha sido históricamente su
intención originaria y explícita entre
los padres fundadores del constitucionalismo occidental. A pesar de la
evidencia de la inspiración monárquica de todo el mecanismo de la división de
poderes parece como si una mano invisible providencial hubiera dado como
resultado inesperado y antes no deseado, pero hoy ya milagroso, de
una democracia. La mano invisible es realmente una manía liberal en todos los órdenes
en que opera la mano de los propietarios.
A
esto se añaden otros mecanismos como la rigidez de las constituciones o de
algunas de sus partes como inamovibles o
la propia elaboración de lo constitucional como una labor de expertos en gabinete
cerrado, lo cual se suele combinar con lo anterior acrecentando su
indisponibilidad para la voluntad popular. La iniciativa constitucional popular, otra reivindicación
desarrollable de inspiración republicana radical sale al paso de esa rigidez
que ya condenaba Jefferson como la de los muertos que dan leyes a los vivos.
La
soberanía popular propuesta por el radicalismo republicano no puede renunciar a
su expresión ni aceptar limites que no sean los que el propio pueblo se impone
a si mismo. Instrumentos precisamente de la autolimitación de poderes sin limitación
del poder popular son los mecanismos jurídicos
que estén inspiradas en las instituciones políticas mencionadas. La rotación y
brevedad del cargo, el sorteo para la provisión
de cargos, el ejercicio del cargo mandatado no representativo, las formas
directas , asamblearia y deliberativas de democracia, las acentuadas incompatibilidades,
la posibilidad de revocación, la exigencia de responsabilidad posterior en el ejercicio del cargo, la forma colectiva
de gobierno, la apelación frecuente al
referéndum,…todas ellas son una arquitectura constitucional que operaría
con el mismo resultado de limitar
el poder de una manera realista, es decir, el poder de quien lo ejerce que debe
de ser siempre el pueblo soberano y no
el efecto de limitar la soberanía popular otorgando poder a quien
no pertenece a ella.
(1) C.Caudel. Studies in a daying culture 1938 , citado por Julio Mtnez Caba en Prefacio de Costumbres
en común de Polany. Barcelona
2019.
(2).-Miguel
A.Domenech. ·La trasparencia en política en la democracia griega”. El Viejo
Topo. Nº 361
(*); Fuente: El viejo topo nº 380 septiembre 2019
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