Diez
tesis a favor de las Diputaciones Provinciales
Por
Miguel Angel Domenech
1.-De
las Diputaciones Provinciales pocos
saben que son jurídicamente
administración local, es decir son la parte de la administración pública
más cercana a la inmediatez del vecino. Se trata de hecho, ni más ni menos, que
de asociaciones de municipios. Esto no es únicamente una consideración jurídica
sino que de hecho, quien haya vivido la experiencia profesional de trabajar en
la administración local sabe que la Diputación es un organismo hermano de los
ayuntamientos materialmente muy accesible a ellos, donde se tiene conocimiento íntimo de los problemas inmediatos y cotidianos de
los Ayuntamientos. Su personal es de la misma extracción funcionarial que los
de la restante administración local y
los profesionales y cargos electos de
ambos sectores, Ayuntamientos y Diputaciones comparten diariamente la
misma problemática. Como se ha dicho de una manera muy expresiva, las Diputaciones
son Ayuntamientos ( “ ajuntamientos”) de Ayuntamientos.
2.
Cuando se propone que las competencias
actuales de las diputaciones sean suprimidas
sea por ser asumidas por los ayuntamientos o por la Comunidad autónoma
es que no se conocen las competencias de las Diputación. Sus competencias
definidas en la ley de Bases de Régimen
Local son de asistencia técnica y
jurídica a municipios que lo necesiten, la realización de obras y
servicios a los municipios que no tengan los medios para acometerlas y
la realización de obras, servicios e
infraestructuras que alcancen y excedan más
de un municipio. Nada que puede
delegarse en los propios municipios que las componen por la propia lógica de la
función. La asunción de la competencia por las comunidades autónomas supone una
delegación hacia arriba, contraria a la descentralización por lo tanto La
duplicidad supuesta de funciones no es normal resolverla suprimiendo el órgano
más cercano al ciudadano y entregándoselo
al más alejado, precisamente por
razones de racionalidad democrática y
optimización de recursos.
3.-
Las mancomunidades de municipios ha sido la otra figura que ha tratado de
sustituir los servicios de Diputaciones. La mayor parte no ha representado ninguna simplificación
administrativa sino un alejamiento en un organismo técnico descontrolado de los municipios que lo
componen y en gran parte de ellas, en déficit, quiebra e insolvencia económica.
4.-
Los diputados provinciales, si bien no son electos de primer grado sino de
segundo grado, no por ello hacen un organismo menos democrático., pues,
contrariamente a lo que ocurre en la administración regional, el ejecutivo de
las Diputaciones lo componen cargos
electos no designados por el gobierno de
la comunidad autonomía por su pertenencia al partido gobernante. Es el único
organismo político en España cuyo ejecutivo está formado por electos .El diputado de medio ambiente es un
concejal electo de algún municipio del
área mientras que el consejero de medio ambiente de una Comunidad autónoma es
un ministro nombrado a dedo por conveniencias y méritos partidistas.
5.-
Históricamente las Diputaciones provinciales son de origen ilustrado y
democrático, .Se trata de divisiones territoriales provinciales que superaban
las divisiones aristocracias de condados,
reinos, diócesis, etc., para ser sustituidos por una división racional
del territorio. Están inspirados en la municipalización racionalista
de la ilustración francesa (neustro
Javier de Burgos)al margen de
reivindicación de nacionalidades. De ahí la inquina ancestral que les tienen
las regiones y nacionalidades. Por ejemplo, las diputaciones fueron la “bestia negra” de Pujol que trató de
suprimirlas vaciándolas de contenido
y se enfrentó a la jurisprudencia del constitucional que las mantuvo por
“constitucionalmente protegidas”.
6.-
Dado su carácter de asistentes técnicos
de los municipios, su supresión no supondría ninguna ahorro relevante pues su
personal como funcionario debería ser asumido por las comunidades
autónomas con el mismo coste pero con el agravante de sustituir su ejecutivo
formado de electos que cobran dietas y asistencias por un ejecutivo de técnicos, cobrando
sueldos mas caros.
7.-Las
Diputaciones han tenido una mala fama histórica por haber servido antiguamente como instrumento del caciquismo local. Eso
hoy no existe y no se plasma en esos organismos. Los caciques locales se han
desplazado a la administración de la comunidad autónoma, más relevante a
efectos de influencia y de volumen de contratación para las empresas privadas que se hacen cargo de los servicios públicos
que los ayuntamientos no pueden asumir .
8.-La
mayor parte de los municipios de España
no tiene capacidad económica ni
técnica para asumir sus competencias. De los más de 8.000 municipios de
España, cerca de 7.000 son de muy
pequeña dimensión y están situados en un entorno rural empobrecido y envejecido. La supresión de las
Diputaciones, es decir de sus agrupaciones, y sus apoyos técnicos para
desplazarlos a los centros de poder y centros administrativos de las
consejerías de las comunidades autonomías vuelve a reproducir el antiguo
centralismo de “ir a Madrid” a resolver los problemas, pero esta vez el
centralismo protagonizado por la administración
regional
9.-Buena
parte de los asesores y cargos de confianza de las comunidades autónomas son
nombramientos políticos por méritos de partido o parentesco y amistad. Estos
asesores políticos son los que servirán de asistencia técnica a los pequeños municipios en caso de
desaparición de las diputaciones sustituyendo a los concejales y alcaldes que
son los que en la actualidad dirigen esos servicios. El desconocimiento de la
problemática local de aquellos es patente y en muchos casos grotesco. Exciten servicios provinciales cuya responsabilidad se ha
delegado en cuadros del partido completamente ajenos al territorio de esa
provincia y a la problemática que por el
contrario si conoce el concejal que es diputado en la Diputación
10.-Al
retirarse a las Diputaciones
competencias de prestación de servicios
de asistencia y apoyo a pequeños municipios,
que no tenían capacidad, ( tendencia agudizada en los últimos años) se ha propiciado la entrada de las empresas
privadas en esta gestión. Así se han introducido empresas privadas de gestión
del agua, de asesoría e instalación informática, de urbanismo y
planificación, de gestión de personal y relación de puestos de trabajo, de
gestión de multas, de recaudación, etc. Todos, asuntos que exceden la capacidad
de los pequeños municipios y antes encomendadas a Diputación. Su abandono ha
sido el agujero por el que se han presentado la empresa privada. En la
supresión definitiva de esos servicios agrupados gestionados públicamente ponen su esperanza
otra nueva tanda de empresas para repartirse el botín. Esa es el interés
verdadero de su desaparición, ninguna otra lógica democrática de gestión o
presupuestaria lo aconsejan. Precisamente la propuesta de sustituirlas
por vagos “Consejos de Municipios” muestra que se les quiere arrebatar la materialidad
de gestión y contratación, la susceptible de ser lucrativa, por una entelequia
vacía de orden deliberativo.
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