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...EL MUNDO HA DE CAMBIAR DE BASE. LOS NADA DE HOY TODO HAN DE SER " ( La Internacional) _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

24/1/20

HANNAH ARENDT Y W. BENJAMIN: CONTRAPOSICIÓN O COMPLEMENTARIEDAD ENTRE PODER Y VIOLENCIA.



Jesús Batista Llamas (1)

Introd: en la actualidad la violencia y el poder representan dos categorías que subyacen en todo un conjunto de procesos sociales a nivel local y mundial. Arendt y benjamín problematizaron dichas categorías hasta llegar a conclusiones de suma importancia para nuestros contextos sociales.

En la historia del pensamiento político de occidente existen dos consideraciones de suma actualidad e importancia para una apreciación detallada del fenómeno de la violencia, que se pueden reunir en la obra de dos importantes pensadores del siglo XX: Hannah Arendt y Walter Benjamin.


 La primera, pone de manifiesto el carácter instrumental de la violencia, concluyendo que ésta se puede entender como una herramienta a la que recurren individuos, comunidades y estados para afianzar o incrementar su potencia, y cuya justificación es muy poco probable; por otro lado, en la concepción de Benjamin se percibe la violencia como elemento fundante de las relaciones sociales de derecho, y por tanto como elemento constitutivo de su historia. Intentaremos mostrar que el interés del análisis benjaminiano de la violencia no reside —solamente — en la dimensión crítica subyacente al reconocimiento de relaciones de fuerza y crueldad, como lo hace Arendt, bajo el orden del derecho, el «sublime» orden de la justicia humana. Más allá de ese carácter instrumental que le asigna Benjamin a la violencia, como fundadora o conservadora del derecho y del poder, el punto central de análisis reside en cómo el recurso a la violencia pretende ser justificado en las sociedades actuales, por lo que diferencia entre legitimidad y justificación. Conviene anotar que entre los dos autores se da un punto de convergencia, de donde obtendremos ciertas conclusiones, al final de esta parte. Tal punto es la idea de la dinámica instrumental de los medios y fines, como indica Benjamin: “Si la justicia es el criterio de los fines, la legitimidad lo es el de los medios,” 1 alejándose un poco de Arendt, que elabora su análisis sólo en términos de estrategia política, pues llega a la conclusión de que “el recurso a la violencia sería el síntoma de una pérdida de poder, y un remedio inapropiado para reconstituirlo y afianzarlo.” 2 Arendt considera inicialmente que el esfuerzo que siempre se ha hecho por delimitar conceptualmente la violencia corre paralelo con la preocupación por su legitimación y justificación. “Coherente con su enfoque instrumental de la violencia, la autora prefiere cuestionarla desde la perspectiva de la racionalidad estratégica, más que desde el horizonte de una ética deontológica fuerte: si la violencia es un medio, una buena estrategia para poner en entredicho su legitimidad puede ser la de averiguar acerca de su funcionalidad para los fines que los sujetos esperan conseguir con ella. Una eventual ineficacia de la violencia sería un excelente argumento para poner en tela de juicio el recurso generalizado a esta clase de conducta.” 3 Esta idea de Arendt es la de analizar concretamente la violencia en términos de eficacia, la apreciación de la relación instrumental medio-fin, pero haciendo una diferenciación, que consideramos fundamental, entre la violencia, la fuerza y el poder. “Como la violencia —a diferencia del poder y la fuerza — siempre necesita herramientas (como Engels señaló hace ya mucho tiempo), la revolución tecnológica, una revolución en la fabricación de herramientas, ha sido especialmente notada en la actitud bélica. La verdadera sustancia de la acción violenta es regida por la categoría medios-fin, cuya principal característica, aplicada a los asuntos humanos, ha sido siempre la de que el fin está siempre en peligro de verse superado por los medios a los que justifica y que son necesarios para alcanzarla” 4 Para la autora, en la relación medios-fin se encuentra la sustancia del asunto; aunque al parecer, centrar el estudio de la violencia sólo en dicha instrumentalidad dejaría al margen otras dimensiones, acentuando sólo los medios que se usan en procura de fines determinados, tal como opina Papacchini:
Es innegable la originalidad de este análisis, al igual que el interés que suscita el intento de cuestionar la violencia desde la perspectiva de la racionalidad estratégica. Sin embrago, al acentuar el aspecto material-instrumental de la violencia, se corre el riesgo de dejar en la sombra un aspecto esencial de la misma, ligado con el uso perverso de estos aparatos destructivos en poder de individuos, para aniquilar vidas humanas, o someter, degradar y humillar a sujetos libres. Sin mencionar el peligro de que una concepción meramente instrumental de la violencia podría transformarla en una herramienta “inocente” o moralmente neutral, que recibe su valor del fin para el que se emplea.” 5 En occidente se dio una tendencia interpretativa acerca de la conformación del estado, que sostiene el nacimiento de éste a partir de estallidos y amenazas violentas. Tal concepción, iniciada por Hobbes y llevada a su máxima expresión por Weber, señala le necesidad de un mínimo de violencia en la conformación de un orden social, cosa que inicio los intentos por su justificación, Para justificar la violencia se afirma a menudo que es tan antigua como el hombre y lo acompaña desde los orígenes. Los individuos acostumbran quejarse por la crueldad del sistema social en el que el destino los ha obligado a vivir. No obstante, a juicio de quienes propugnan esta concepción pesimista o realista de la historia (…) la violencia aparece así como una manifestación natural de este impulso constante e irrefrenable que, como lo anunciaban Maquiavelo y Hobbes, acompaña al individuo a lo largo de toda su trayectoria vital. Si se concibe la esencia del poder en términos de estrategias para imponer a los demás determinadas pautas de conducta, la violencia aparece como un medio particularmente eficaz para lograr este objetivo. 6


Para Weber, el estado se define por la territorialidad y por el monopolio de la violencia legítima, la política está ligada a la dominación, y la violencia es un medio inevitable para ejercerla. Las nuevas interpretaciones aclaran que el estado es la organización de la fuerza monopolizada, vista en su sentido positivo como constructiva, de la cual obtiene el poder sobre este uso exclusivo, mas la violencia se ve en un sentido negativo, como destructora de cualquier clase de vínculos. Llegamos entonces al concepto más importante en el análisis arendtiano sobre la violencia, el concepto de poder, claramente opuesto al de violencia. “Una de las distinciones más obvias entre poder y violencia es que el poder siempre precisa el número, mientras que la violencia, hasta cierto punto, puede prescindir del número porque descansa en sus instrumentos.” 7 Su concepción del poder se entiende como la “capacidad de actuar de modo concertado, de forma que las relaciones de poder político son las relaciones de isonomía, las relaciones entre iguales, propias de la política, desde las que se llega al mutuo consentimiento. La autoridad no está ligada a la dominación sino al reconocimiento que obtiene quien lo merece y por eso la violencia y la persuasión están de más.” 8 Esta concepción comunicativa de poder, de matices republicanos, tiene sus antecedentes en el modelo de participación directa el antiguo ágora griego. Llegamos entonces a sus concepciones de poder, potencia, fuerza, autoridad y violencia, que al final son distinciones analíticas, donde Poder corresponde a la capacidad humana, no simplemente para actuar, sino para actuar concertadamente. El poder nunca es propiedad de un individuo; pertenece a un grupo y sigue existiendo mientras que el grupo se mantenga unido, Potencia designa inequívocamente a algo en una entidad singular; es la propiedad inherente a un objeto o persona y pertenece a su carácter, que puede demostrarse a sí mismo en relación con otras personas, pero es esencialmente independiente de ellos. Para el caso de la fuerza, que utilizamos en el habla cotidiana como sinónimo de violencia, especialmente si la violencia sirve como medio de coacción, debería quedar reservada en su lenguaje terminológico, a las fuerzas de la naturaleza o a la fuerza de las circunstancias, esto es, para indicar la energía liberada por movimientos físicos o sociales. La autoridad, palabra relativa al más esquivo de estos fenómenos y, por eso, como término, el más frecuentemente confundido. Su característica es el indiscutible reconocimiento por aquellos a quienes se les pide obedecer; no precisa ni de la coacción ni de la persuasión. Finalmente en ese excurso tenemos a la violencia, que como ya he dicho, se distingue por su carácter instrumental. “Fenomenológicamente está próximamente a la potencia, dado que los instrumentos de la violencia, como todas las demás herramientas, son concebidos y empleados para multiplicar la potencia natural hasta que, en la última fase de su desarrollo, puedan sustituirla.” 9 Se hace evidente la importancia que tiene la idea de poder sobre la violencia, porque no puede hablarse de “política con violencia: la violencia, como instrumento para obtener obediencia, pertenece a la etapa prepolítica, mientras que la política propiamente dicha empieza con el diálogo y la instauración de las libertades.” 10 Como en las relaciones exteriores y en las cuestiones internas aparece la violencia como último recurso para mantener intacta la estructura del poder frente a los retos individuales —el enemigo extranjero, el delincuente nativo— “parece como si la violencia fuese prerrequisito del poder y el poder nada más que una fachada, el guante de terciopelo que, o bien oculta una mano de hierro o resultará pertenecer a un tigre de papel.” 11 De ahí procede la creencia, de vieja data, de que el poder debe ser defendido y mantenido por la violencia, acuñando un supuesto papel regulador de la violencia en las relaciones humanas.
La violencia, siendo por su naturaleza un instrumento, es racional hasta el punto en que resulte efectiva para alcanzar el fin que deba justificarla. Y dado que cuando actuamos nunca conocemos con certeza las consecuencias eventuales de lo que estamos haciendo, la violencia seguirá siendo racional sólo mientras persiga fines a corto plazo. La violencia no promueve causas, ni la historia ni la revolución, ni el progreso ni la reacción; pero puede servir para dramatizar agravios y llevarlos a la atención pública.12

Al parecer, es un síntoma de la decadencia de un gobierno que deja de ser legítimo. Aunque poder y violencia normalmente aparecen juntos, precisamente lo característico del recurso a la violencia, “es preciso recordarlo, no depende del número o de las opiniones, sino de los instrumentos, y los instrumentos de la violencia, como ya he dicho antes, al igual que todos las herramientas, aumentan y multiplican la potencia humana.” 13 Arendt confía en el poder comunicativo, ese estar con los otros reunidos, ya que “el dominio por la pura violencia entra en juego allí donde se está perdiendo el poder” 14 Aquellos quienes echan mano de este recurso para mantener (se) — en— el poder, dejan abierta la posibilidad de nuevos estallidos violentos. Al reemplazar al poder por la violencia puede significar la victoria, pero el precio resulta muy elevado, porque no sólo lo pagan los vencidos; también lo pagan sus vencedores en términos de su propio poder, y aún más “cuando la violencia se generaliza deshaciendo las intenciones de sus protagonistas, y confundiendo ‘política’, ‘guerra absoluta’ y ‘buenas y malas suertes’, puede impedir la conjunción de reivindicaciones y reducirlas a la formulación de ‘sufrimientos’ que no ofrecen un punto de enganche con la acción política.” 15 Es abrumadora la generalización que la violencia ejerce sobre mentes y cuerpos, de ahí su atractivo, su potencial atomizador. “Allí donde la violencia es señora absoluta, como por ejemplo en los campos de concentración de los regímenes totalitarios, no sólo se callan las leyes —les lois se taisent, según la fórmula de la Revolución Francesa—, sino que todos y todas deben guardar silencio. A este silencio se debe que la violencia sea un fenómeno marginal en la esfera de la política, puesto que el hombre, en la medida en que es un ser político, está dotado con el poder de la palabra.” 16 Las sociedades políticas tratan de reducir cada vez más la violencia, 17 aunque la “fuerza y la violencia son probablemente técnicas eficaces de control social y de persuasión cuando disfrutan de un completo apoyo popular” 18



La idea de oposición entre poder y violencia, en procura del primero y rechazo de la segunda, se sustenta en la distinción que se percibe en las sociedades políticas, esto es, el poder descansa sobre la noción de legitimidad, y la violencia sobre la noción de eficacia. La legitimidad cuando se ve desafiada, se basa en una apelación al pasado, mientras que la justificación se refiere a un fin que se encuentra en el futuro. La violencia puede ser justificable pero nunca legitimada, y esto los confirma muy bien Arendt, quien sostiene que “una vez que un hombre sea admitido en la comunidad de la violencia, caerá bajo el intoxicante hechizo de la práctica de la violencia [que] une a los hombres en un todo, dado que cada individuo constituye un eslabón de la gran cadena, una parte del gran organismo de la violencia que ha brotado” 19 La manifestación de la violencia, concluye Arendt, es síntoma de pérdida de poder, idea que va a ser contrastada con la posición de Walter Benjamin, quien hace notar que la violencia en un sentido estricto no es poder, pero es una forma estremecedora de mostrar el poder que se posee. Antes de pasar al análisis del punto de vista de Benjamin, conviene recordar lo que señala Luís E. Hoyos, al relacionar la violencia con la ausencia del poder y la desinstitucionalización de la vida colectiva. 20 A la luz de los análisis de Arendt, la violencia se percibe como una acción errada que no entra en el ámbito de la legitimidad, propio del poder, y el recurso a la fuerza como condición de preservación que protege a personas, sobre la base de acuerdos racionales. Por ello, cuando esa violencia de los medios envuelve, totaliza y supera a los fines, como proceso de su generalización en la sociedad,21 lo que se genera es un proceso de autodestrucción de la sociedad, en el cual hay un una dramática desconexión entre los intereses individuales y de grupo y la dinámica de la vida colectiva.
El terror se manifiesta como la forma imperante, y llega a ser interiorizada para perdurar en la psiquis del individuo, levantándose triunfante, destruyendo todo poder al ejercer su control absoluto, paralizando e invadiendo los espacios de la vida en general; borrando los límites sacros entre el ámbito de lo público y lo privado. Hoyos considera que la acción violenta es una acción errada, y nos hace pensar el carácter de algunas relaciones sociales que se dan en el territorio colombiano, comprenderlas desde la tensión entre poder y violencia, que descansa a su vez en la disociación nocional legitimidad/justificación. A mayor grado de institucionalización de la vida colectiva es menor el recurso a la violencia, y a menor grado de esta institucionalización, se recurre más a la violencia. En la medida en que el estado deja de ser un ente regulador y mediador de los conflictos, un marco de referencia general y colectivo para la resolución de los mismos, los individuos empezarán a hacerlo de forma privada, y por lo general violenta. Un marco institucional impersonal da sentido y confianza a la búsqueda de legitimidad, de modo que cuando el poder no cuenta con ambiente para pretender la legitimidad, su ejercicio se hace fácilmente arbitrario y requiere de la violencia para perpetuarse.
Casi toda acción que es medio para alcanzar un fin pretende ingresar al espacio de las justificaciones. Sólo que ese espacio o ámbito de las justificaciones se halla más o menos configurado de acuerdo con el mayor o menor grado de institucionalización de la vida colectiva, es decir, a mayor grado de reglamentación del juego social, menor será la violencia y menor también el campo para la justificación de a violencia. A menor grado de institucionalización, más propicio será el ambiente para la violencia y para su justificación. (…) La justificación de la acción violenta no conduce, sin embargo a su legitimación. Aunque toda acción violenta pueda y tenga que ser justificada, no toda acción violenta se halla por ello legitimada 22

En tanto se entiende por acción ilegítima la que, para alcanzar una meta determinada, atenta y pone en peligro la vida de los individuos y de la sociedad; aunque no sea lo único que deslegitime a la acción violenta, sí es lo principal; y esto en mayor medida porque “la acción violenta es uno de los principales factores propiciadores de la ruptura del vínculo de retroalimentación entre interés privado e interés colectivo, que es el que genera progreso y condiciones normales y agradables de convivencia”, 23 la legitimidad viene dada por el reconocimiento de la dignidad y los intereses de individuos y grupos, y dado que la acción violenta marcha en dirección opuesta a este objetivo, se considera errada.

 La institución del estado es legítima, cuando está refrendada democráticamente y cuando el mandato democrático es ratificado por acciones de gobierno promotoras del bien común y respetuosas de los derechos humanos. Un poder del estado legitimado es decisivo para lograr una efectiva institucionalización de la vida colectiva. La vida social debe estar forzosamente reglamentada e institucionalizada, como en un juego, porque de lo contrario se corre el riesgo de que los intereses desbocados de los individuos y los grupos choquen entre sí. Y resulta que cuando la vida colectiva se halla en un buen grado institucionalizada, la dinámica social es el resultado de comportamientos interesados para los que es conveniente, o rentable, velar por la conservación de las reglas que les permiten moverse en un juego libremente y en paz. En cambio, cuando la vida se halla pobremente institucionalizada, el crimen se vuelve rentable. 24

Una concepción bastante particular sobre el carácter que representa la violencia en las sociedades industriales modernas es la de W. Benjamin: “La tarea de una critica de la violencia puede circunscribirse a la descripción de ésta respecto al derecho y a la justicia. Es que, en lo que concierne a la violencia en su sentido más conciso, sólo se llega a una razón efectiva, siempre y cuando se inscriba dentro de un contexto ético.” 25


 A diferencia de Arendt, quien opina que la violencia se trata de una herramienta eminentemente destructiva, dirigida contra individuos, grupos y estados, y que destaca la distinción entre violencia y poder, entre el dominio por medio de la amenaza y los medios destructivos, y el dominio por medio del reconocimiento de una autoridad legítima, Benjamin aludirá a los conceptos de derecho y justicia. Su análisis también se vincula históricamente con la tradición de filosofía del derecho de Hobbes, Hegel y Nietzsche, esclareciendo el nexo entre mito, violencia, derecho y destino.26
En una concepción filosófica clásica, la justicia sería un ideal que habría que alcanzar, y el derecho un instrumento destinado a aproximarse a este ideal, lo más posible, una herramienta que permite su realización concreta. La justicia sería el dominio de lo divino, y el derecho una conquista del hombre tendiente a capturar, a delimitar, a codificar y de es modo a hacer concreto lo divino, a hacer aplicable una justicia que, en cuanto tal, sólo puede ser entregada por Dios. 27

Es interesante la categoría de derecho, en tanto que pretende regular la mayor parte de los espacios de la vida de los hombres. El planteamiento de Benjamin no se basará en la tradicional oposición entre derecho y justicia:
 Asistimos a una inversión de la concepción tradicional entre derecho y justicia. Esta aparece como una fuerza liberadora otorgada por Dios, que le permite al hombre escapar del mundo del mito, representado por el derecho. A la interpretación del derecho como una conquista del hombre que pone fin a la injusticia del derecho natural, Benjamin opone una concepción que fija el derecho en el mito, en los tiempos inmemoriales de la humanidad, y que la justicia viene a romper. 28

En Para una crítica de la violencia, el autor expone que en tal tensión entre derecho y justicia se enfrenta otra oposición, entre violencia mítica fundadora y posteriormente conservadora del derecho, y una violencia divina destructora del derecho, precursora de la violencia revolucionaria. El lector se preguntará qué relación tiene la teoría sobre el derecho y la justicia en Benjamin con el problema de este trabajo. ¿Tendrá Benjamin la idea de una posible justificación de la violencia, a partir del análisis del derecho? ¿Existirá un marco legal en las sociedades actuales, donde sea lícito el uso de la violencia? Tenemos por ello que:
 La tarea de una crítica de la violencia se puede definir como la descripción de su relación con el derecho y con la justicia. Estos dos conceptos designan la esfera en donde se mueve la violencia. La ambiciosa tarea que se impone Benjamin consiste en poner los fundamentos de una filosofía de la historia del derecho y de la violencia que pueda sustituir a las teorías anteriores, las del derecho natural y el derecho positivo, así como más tarde se consagrará a fundar una nueva «filosofía de la historia» de la tragedia. 29

Benjamin considera necesario un criterio más fino, una distinción dentro de la esfera de los medios, independiente de los fines que sirven. Llegará a sostener que la ‘justicia’ es el criterio de los fines, en tanto que ‘legitimidad’ lo es para los medios, y que los principios del derecho natural no servirán para hacer distinciones, sólo conducirán a un casuismo sin fin. Mientras que el derecho natural considera a la violencia como un producto de la naturaleza cuya aplicación no presenta ningún problema en la medida en que los objetivos que se fija son justos, el derecho positivo, sobre el cual se basa provisionalmente Benjamin, considera a la violencia en su transcurso histórico e introduce una distinción entre una forma de violencia no sancionada por la historia. Benjamin llama a los objetivos que se fija esta violencia «objetivos naturales» (Naturzwecke) si no son sancionados, y «objetivos de derecho» (Rechtszwecke) si están sancionados por la historia. 30 En ese sentido, para lo que tratamos inicialmente con respecto al estado, la violencia estatal puede contribuir a transformar objetivos naturales en objetivos de derecho; la violencia estatal aparece aquí como fundadora de derecho (Recthsetzend), pero también puede ser al mismo tiempo conservadora del derecho (Rechtserhaltend), y, en cuanto tal, amenazante. La teoría positiva del derecho parece aceptable para Benjamin como fundamento hipotético del punto de salida de la investigación, porque promueve una distinción básica entre las diferentes formas de violencia, independientemente de los casos en que se aplica; por lo cual en “el contexto de una crítica de la violencia el criterio positivo de derecho no llega a concebir su utilización, sino más bien su apreciación.” 31 Este considera que tanto el derecho natural como el positivo, comparten un dogma fundamental: “fines justos pueden ser alcanzados por medios legítimos, y medios legítimos pueden ser empleados para fines justos. 32
Así, el derecho natural aspira «justificar» los medios por la justicia de sus fines; por su parte, el derecho positivo intenta «garantizar» la justicia de los fines a través de la legitimación de los medios. Sobre el papel que cumple la violencia como un recurso tan generalizado, Benjamin se pregunta: ¿Cuál es la función que hace de la violencia algo tan amenazadora para el derecho, algo tan digna de temor? “La sorprendente posibilidad de que el interés del derecho, al monopolizar la violencia de manos de la persona particular no exprese la intención de defender los fines de derecho, sino mucho más así, al derecho mismo,”33 lo que nos hace suponer que la violencia cuando no es aplicada por las correspondientes instancias del derecho, lo pone en peligro, como base fundadora y regulador de las relaciones sociales en cuanto tal, “no tanto por los fines que aspira alcanzar, sino por su mera existencia fuera del derecho.” 34 Para el derecho positivo —en especial— el interés de la humanidad está en la representación y la conservación de un orden que depende del destino. “Por más que censuremos toda forma abierta de violencia, persiste como producto inherente de la mentalidad de la violencia, porque la corriente que impulsa hacia el compromiso no es una motivación interior, sino exterior, está motivada por la corriente contraria.” 35 Finalmente, todas estas relaciones que se establecen entre la violencia, el poder, la legitimidad, la justificación, y el derecho, como institucionalización de la vida colectiva, se pueden expresar en una afirmación, que suponemos también comparte Hannah Arendt: La violencia no se practica ni tolera ingenuamente. Cada vez que es usada la violencia y se generaliza en la sociedad, hay una destrucción de los vínculos que constituyen la vida y el juego social. Tanto ejecutores, como víctimas y testigos, son absorbidos por las devorantes relaciones que se establecen el la acción violenta.
2 Hannah Arendt, Sobre la violencia. En: Crisis de la República, Madrid, Taurus, 1998, p. 117. 3 Angelo Papacchini, Los Derechos Humanos, un desafío a la violencia, Bogotá, Altamir, 1997, p. 319. 4 Hannah Arendt, Op. Cit., p. 112.5 Angelo Papacchini, Op. Cit., p. 320. 6 Ibíd. p. 329.9 Hannah Arendt, Op. Cit., p. 148 10 Adela Cortina, Op. Cit., P. 170. 11 H. Arendt, Op. Cit., p. 147. 12 Ibíd., p. 178.13 Ibíd., p. 155. 14 Ibíd. 15 Ibíd., p.p. 155. 16 Ibíd., p. 17 Hannah Arendt, Sobre la revolución, Madrid, Alianza Editorial, 1988, p. 65. La autora plantea que en la teoría de Marx la violencia inicia algunos procesos, luego la reduce a la ‘necesidad’. Tal interpretación debe haber atraído enormemente al sentido teorético de Marx, ya que la reducción de la violencia a la necesidad tiene la innegable ventaja teórica de ser mucho más elegante, simplifica las cosas hasta el punto de hacer innecesaria una verdadera distinción. 18 H. Arendt, Crisis de la República, Op. Cit., p.p. 126-7.19 Ibíd., p.p. 163-7. 20 Luís Eduardo Hoyos, Violencia, Op. Cit. 21 H. Arendt, Op. Cit., p. 156: “Donde la violencia ya no es apoyada y superada por el poder se verifica la bien conocida inversión en la estimación de medios y fines. Los medios, los medios de destrucción, ahora determinan el fin, con laconsecuencia de que el fin será la destrucción de todo el poder.”22 L. E. Hoyos, Op. Cit., p.p. 100-104.23 Ibíd., p. 109. 24 Ibíd., p.p. 104-5. 25 Walter Benjamin, Op. Cit., p. 23. 26 Para una idea más amplia de este último término, ver: W. Benjamin, Angelus Novus, Barcelona, Ediciones Sur, 1971, p.p. 201-10: “Destino y carácter son concebidos comúnmente en relación causal, y el carácter es definido como una causa del destino. (…) Ello parece tan imposible como ‘predecir el futuro’, categoría en la cual es incluida sin más la previsión del destino, mientras que el carácter, por el contrario, aparece como algo dado en el presente y en el pasado, y por lo tanto cognoscible.”27 Marc Sagnol, Derecho y Justicia en Benjamin. En: Ideas y Valores, Nº 98-99, Bogotá, U.N., 1995, p. 119. 28 Ibíd., p. 121.29 Ibíd., p.p. 122-23. 30 Ibíd., p. 123. 31 W. Benjamin, Para una crítica de la violencia, Op. Cit, p. 25. 32 Ibíd., p. 24.33 Ibíd., p. 26. 34 Ibíd., p.p. 26-7. 35 W. Benjamin, Op. Cit., p. 33.



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